..  .  .   .      PLATAFORMA PARA LA ACCIÓN

 

 

C. LA SALUD

89. Las mujeres tienen el derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud física y mental. El disfrute de este derecho es esencial para sus vidas y su bienestar y para hacer posible su participación en todas las esferas de la vida pública y privada. La salud no es sólo la ausencia de enfermedad o dolencias, sino un estado de pleno bienestar físico, mental y social. La salud de las mujeres incluye su bienestar emocional, social y físico y está determinado por el contexto social, político y económico en que viven, así como por sus características biológicas. Sin embargo, la mayoría de las mujeres no goza de salud ni de bienestar. Uno de los principales obstáculos para lograr el máximo grado posible de salud para las mujeres es la desigualdad, tanto entre mujeres y hombres como entre mujeres de distintas regiones geográficas, clases sociales y grupos indígenas y étnicos. En foros nacionales e internacionales, las mujeres han hecho hincapié en que la igualdad, incluido el reparto de responsabilidades familiares, el desarrollo y la paz, son condiciones necesarias para gozar de un nivel óptimo de salud durante todo su ciclo vital.

90. Las mujeres no tienen igualdad de condiciones respecto a los hombres en el acceso a la salud y hacen un uso diferente de los recursos básicos de salud, incluidos los servicios de atención primaria, para la prevención y el tratamiento de las enfermedades infantiles, la malnutrición, la anemia, las enfermedades diarréicas, las enfermedades contagiosas, la malaria y otras enfermedades tropicales y la tuberculosis, entre otras afecciones. Las mujeres tambien tienen oportunidades diferentes y desiguales en lo que respecta a la protección, la promoción y el mantenimiento de su salud. En muchos países en desarrollo, es preocupante la falta de servicios obstétricos de emergencia. Las políticas y programas de salud a menudo se perpetúan los estereotipos sexistas y no consideran las diferencias socioeconómicas y otras diferencias entre las mujeres, ni se tiene plenamente en cuenta la falta de autonomía de las mujeres respecto de su salud. La salud de las mujeres se ve tambien afectada por la discriminación sexista del sistema sanitario y por los servicios médicos insuficientes e inadecuados que se prestan a las mujeres.

91. En muchos países, especialmente en los países en desarrollo y en particular en los más empobrecidos, una disminución de los gastos de salud pública y, en ciertos casos, el ajuste estructural, contribuyen al deterioro de los sistemas de salud pública. Además, la privatización de los sistemas de atención a la salud, sin garantías adecuadas de acceso universal y asequible, reduce aún más la disponibilidad de los servicios de atención sanitaria. Esa situación no sólo afecta directamente a la salud de niñas y mujeres, sino que además impone obligaciones desproporcionadas a las mujeres, cuyos múltiples papeles, incluidos los que realizan dentro de la familia y la sociedad, no se reconocen; de ahí que, a menudo, no reciban el apoyo social, psicológico y económico necesario.

92. Se debe asegurar el derecho de todas las mujeres a disfrutar del más alto nivel posible de salud durante todo su ciclo vital en pie de igualdad con los hombres. Las mujeres se ven afectadas por la mayoría de las condiciones de salud igual que los hombres, pero las mujeres las experimentan de diferente manera. La incidencia de la pobreza y la dependencia económica de las mujeres, la violencia que se ejrce contra ellas y las actitudes negativas hacia mujeres y niñas, la discriminación racial y de otra índole, el limitado poder que muchas mujeres ejercen sobre su vida sexual y reproductiva y su falta de influencia en la toma de decisiones, son realidades sociales que tiene un impacto perjudicial sobre su salud. La falta de alimentos para las niñas y las mujeres y la distribución desigual de los alimentos en el hogar, el acceso insuficiente al agua potable, al saneamiento y al combustible, sobre todo en las zonas rurales y en las zonas urbanas pobres, y las condiciones de vivienda deficientes, pesan en exceso sobre las mujeres y sus familias y repercuten negativamente en su salud. Una buena salud es indispensable para vivir de manera productiva y satisfactoria y el derecho de todas las mujeres a controlar todos los aspectos de su salud y en particular, su propia fecundidad, es fundamental para su empoderamiento.

93. La discriminación de las niñas, con frecuencia derivada de la preferencia por los niños, en el acceso a los servicios de nutrición y de atención sanitaria, pone en peligro su salud y bienestar presente y futuro. Las situaciones que fuerzan a las niñas al matrimonio, al embarazo y a la reproducción a edad temprana y las someten a prácticas perjudiciales, como la mutilación genital, conllevan grandes riesgos para su salud. Las adolescentes necesitan durante su crecimiento tener acceso a los servicios de salud y nutrición necesarios ; acceso del que a menudo carecen. El asesoramiento y el acceso a la información y a los servicios de salud sexual y reproductiva siguen siendo insuficientes o completamente inexistentes y no se suele tener en cuenta el derecho de las jóvenes a la intimidad, la confidencialidad, el respeto y el consentimiento manifiesto. Desde el punto de vista biológico y psicosocial, las adolescentes son más vulnerables que los chicos a las agresiones sexuales, la violencia y la prostitución y a las consecuencias de unas relaciones sexuales prematuras y sin protección. La tendencia a tener experiencias sexuales a temprana edad, sumada a la falta de información y servicios, aumenta el riesgo de embarazos no deseados y a edad prematura, así como el contraer el VIH y otras enfermedades de transmisión sexual y de abortar en condiciones peligrosas. La maternidad prematura sigue siendo un obstáculo para el progreso educativo, económico y social de las mujeres en todo el mundo. En líneas generales, el matrimonio y la maternidad prematuros pueden reducir drásticamente las oportunidades de educación y empleo de las niñas y probablemente, perjudicar a largo plazo la calidad de su vida y de la vida de sus hijas e hijos. Con frecuencia, los adolescentes no han sido educados para respetar la libertad de decisión de las mujeres, ni para compartir con ellas las responsabilidades relativas a la sexualidad y a la reproducción.

94. La salud reproductiva es un estado de bienestar general físico, mental y social, y no de mera ausencia de enfermedad o dolencias, en todos los aspectos relacionados con el sistema reproductivo y sus funciones y procesos. En consecuencia, la salud reproductiva implica la capacidad de disfrutar de una vida sexual satisfactoria y sin riesgos, la capacidad de reproducirse, y la libertad para decidir hacerlo o no hacerlo, cuándo y con qué frecuencia. Esta última condición lleva implícito el derecho de mujeres y hombres a obtener información y a tener acceso a unos métodos de planificación familiar de su elección, que sean seguros, eficaces, asequibles y aceptables, así como a otros métodos que consideren para la regulación de la fecundidad que no estén legalmente prohibidos y el derecho a recibir servicios adecuados de atención a la salud que faciliten a las mujeres embarazos y partos sin riesgos y den a las parejas las máximas posibilidades de tener hijas e hijos sanos. En consonancia con esta definición de salud reproductiva, la atención de la salud reproductiva se define como el conjunto de métodos, técnicas y servicios que contribuyen a la salud y al bienestar reproductivos, al evitar y resolver los problemas relacionados con la salud reproductiva. Esto incluye también la salud sexual, cuyo objetivo es el desarrollo de la vida y de las relaciones personales y no meramente el asesoramiento y la atención en materia de reproducción y de enfermedades de transmisión sexual.

95. Teniendo en cuenta la definición anterior, los derechos reproductivos abarcan algunos derechos humanos que ya están reconocidos en las legislaciones nacionales, en los documentos internacionales sobre derechos humanos y en otros documentos pertinentes adoptados por consenso. Estos derechos se basan en el reconocimiento del derecho básico de todas las parejas e individuos a decidir libre y responsablemente el número de nacimientos, el momento y la frecuencia de éstos y a disponer de la información y de los medios para ello, así como el derecho a alcanzar el más alto nivel de salud sexual y reproductiva. También incluye su derecho a tomar decisiones relativas a la reproducción sin sufrir discriminación, coacciones ni violencia, como se establece en los documentos de derechos humanos. En el ejercicio de este derecho, las parejas y los individuos deben tener en cuenta las necesidades de sus hijas e hijos actuales y futuros y sus responsabilidades sociales. La promoción del ejercicio responsable de estos derechos de todas las personas, deben ser la base primordial de las políticas y programas gubernamentales y comunitarios de salud reproductiva, incluida la planificación familiar. Como parte de este compromiso, se debe prestar plena atención a la promoción de unas relaciones de respeto mutuo e igualdad entre mujeres y hombres, y particularmente a las necesidades de las y los adolescentes en materia de educación y de servicios, con objeto de que puedan asumir su sexualidad de manera positiva y responsable. La salud reproductiva está fuera del alcance de muchas personas en todo el mundo a causa de factores como: los inadecuados niveles de conocimiento sobre la sexualidad humana y el acceso a una información y unos servicios insuficientes o de mala calidad en materia de salud reproductiva; la persistencia de comportamientos sexuales de alto riesgo; las prácticas sociales discriminatorias; las actitudes negativas hacia las mujeres y las niñas; y el limitado poder que tienen muchas mujeres y niñas para decidir sobre de su vida sexual y reproductiva. En la mayoría de los países, los y las adolescentes son particularmente vulnerables a causa de su falta de información y de acceso a los servicios pertinentes. Las mujeres y los hombres de más edad tienen problemas especiales en materia de salud reproductiva, que no suelen abordarse de manera adecuada.

96. Los derechos humanos de las mujeres incluyen su derecho a ejercer el control y decidir libre y responsablemente sobre las cuestiones relativas a su sexualidad, incluida su salud sexual y reproductiva, libres de coerción, discriminación y violencia. Las relaciones igualitarias entre mujeres y hombres respecto de las relaciones sexuales y la reproducción, que incluyan el pleno respeto de la integridad de la persona, exigen el respeto y el consentimiento mutuo y el asumir de forma compartida las responsabilidades del comportamiento sexual y sus consecuencias.

97. Además, las mujeres están expuestas a riesgos específicos para su salud debido a que no se les presta la suficiente atención y a la falta de servicios para atender las necesidades de salud relativas a la sexualidad y la reproducción. En muchas partes del mundo en desarrollo, las complicaciones derivadas del embarazo y el parto se cuentan entre las principales causas de mortalidad y morbilidad de las mujeres en edad reproductiva. Existen en cierta medida problemas similares en algunos países con economías en transición. El aborto en condiciones de riesgo pone en peligro la vida de un gran número de mujeres y representa un grave problema de salud pública, puesto que son las mujeres más pobres y las más jóvenes las que corren mayores riesgos. La mayoría de estas muertes, los problemas de salud y las lesiones se pueden evitar, mejorando el acceso a servicios adecuados de atención sanitaria, que incluyan métodos de planificación familiar eficaces y sin riesgos, y la atención obstétrica de emergencia; reconociendo el derecho de mujeres y hombres a la información y al acceso a métodos de planificación familiar de su elección que sean seguros, eficaces, asequibles y aceptables, así como a otros métodos legales que decidan adoptar para el control de la fecundidad, y el acceso a servicios adecuados de atención de la salud que permitan que el embarazo y el parto transcurran en condiciones de seguridad y ofrezcan a las parejas las mayores posibilidades de tener hijas e hijos sanos. Habría que examinar estos problemas y los medios para combatirlos sobre la base del informe de la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo, con particular referencia a los párrafos pertinentes del Programa de Acción de la Conferencia (14). En la mayor parte de los países, la falta de atención a los derechos reproductivos de las mujeres limita gravemente sus oportunidades en la vida pública y privada, incluidas las oportunidades de educación y de empoderamiento económico y político. La capacidad de las mujeres para controlar su propia fecundidad constituye una base fundamental para el disfrute de otros derechos. La responsabilidad compartida entre mujeres y hombres de las cuestiones relativas al comportamiento sexual y reproductivo también es indispensable para mejorar la salud de la mujeres.

98. El VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual, cuyo contagio es a veces consecuencia de la violencia sexual, tienen efectos devastadores en la salud de las mujeres, en particular de las adolescentes y jóvenes. Las mujeres, a menudo, no consiguen que los hombres adopten prácticas sexuales libres de riesgo y tienen difícil acceso a la información y a los servicios de prevención y tratamiento. Ellas, que representan la mitad de las personas adultas recientemente afectadas por el VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual, han hecho hincapié en que su vulnerabilidad social y las relaciones de poder desiguales entre mujeres y hombres constituyen obstáculos para una práctica sexual segura en sus intentos por reducir la propagación de las enfermedades de transmisión sexual. Las consecuencias del VIH/SIDA no sólo afectan a su salud como mujeres, sino también a sus papeles de madres y encargadas del cuidado de otras personas y a su contribución al apoyo económico de sus hogares. Es preciso examinar desde la perspectiva de género las consecuencias sociales, en el desarrollo y en la salud de los efectos del VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual.

99. La violencia sexual y sexista, que incluye los malos tratos físicos y psicológicos, el tráfico de mujeres y niñas, así como otras formas de agresiones y la explotación sexual exponen a las niñas y a las mujeres a un alto riesgo de padecer traumas físicos y mentales, así como enfermedades y embarazos no deseados. Esas situaciones suelen disuadir a las mujeres de utilizar los servicios de salud y de otro tipo.

100. Los trastornos mentales relacionados con la marginalización, el desarraigo y la pobreza, junto con el trabajo excesivo, el estrés y la frecuencia cada vez mayor de la violencia doméstica, así como el uso indebido de sustancias se cuentan entre otras cuestiones de salud que preocupan cada vez más a las mujeres. En todo el mundo las mujeres, especialmente las jóvenes, consumen cada vez más tabaco, con los graves efectos que ello acarrea para su salud y la de sus hijas e hijos. También han cobrado importancia las cuestiones relacionadas con la salud ocupacional, pues un número cada vez mayor de mujeres realiza trabajos mal remunerados en el mercado laboral estructurado o no estructurado en condiciones tediosas e insalubres. El cáncer de mama, de cuello de útero y otros cánceres del sistema reproductivo, así como la infertilidad, afectan a un número cada vez mayor de mujeres a pesar de que esas afecciones son evitables o curables con un diagnóstico precoz.

101. Con el aumento de la esperanza de vida y, por tanto, del número cada vez mayor de ancianas, la salud de mujeres de edad avanzada exige una atención particular. Las perspectivas de la salud de las mujeres a largo plazo estan condicionadas por los cambios de la menopausia que, sumadas a afecciones crónicas y a otros factores, como la mala alimentación y la falta de actividad física, pueden aumentar el riesgo de enfermedades cardiovasculares y de osteoporosis. También merecen una atención particular otras enfermedades asociadas al envejecimiento, relacionadas a su vez con los problemas de discapacidades.

102. Al igual que los hombres las mujeres, sobre todo en las zonas rurales y en las zonas urbanas pobres, están cada vez más expuestas a los riesgos que entrañan para la salud las catástrofes ambientales y la degradación del medio ambiente. Los diversos peligros, contaminantes y sustancias que se encuentran en el medio ambiente afectan a las mujeres de forma específica, por lo que su exposición a esos factores tiene consecuencias diferentes.

103. La calidad de la atención a la salud de las mujeres suele ser deficiente en diversos aspectos, según las circunstancias locales. En muchos casos, no son tratadas con respeto, no se les garantiza la privacidad y la confidencialidad ni se les ofrece información completa sobre las opciones y los servicios a su disposición. Además, en algunos países se suelen recetar más medicamentos de los necesarios o dosis más altas para tratar las afecciones propias de las mujeres, lo cual suele ocasionar intervenciones quirúrgicas innecesarias y una medicación inadecuada.

104. Las estadísticas sobre salud no reunen como deberian, datos desagregados y analizados de forma sistemática por edad, sexo y situación socioeconómica basándose en criterios demográficos establecidos que se utilizan para atender intereses determinados y resolver los problemas de subgrupos concretos, haciendo especial hincapié en la vulnerabilidad y marginalidad y otras variables pertinentes. En muchos países no existen datos recientes y fiables sobre la mortalidad y la morbilidad de la mujeres, ni sobre las afecciones y enfermedades que les afectan en particular. Aún se sabe poco sobre la medida en que los factores sociales y económicos afectan a la salud de niñas y mujeres de todas las edades, sobre los servicios de salud de los que pueden hacer uso niñas y mujeres y de cómo estas hacen uso de esos servicios y sobre el valor de los programas de prevención de enfermedades y de promoción de la salud de las mujeres. No se han hecho investigaciones suficientes sobre aspectos de importancia para la salud de las mujeres, y a menudo se carece de fondos para esas investigaciones. Las investigaciones médicas, como por ejemplo, las enfermedades coronarias y los estudios epidemiológicos de muchos países suelen basarse únicamente en el análisis de pacientes hombres sin tener en cuenta la variable de género. Los ensayos clínicos con mujeres encaminados a establecer información básica sobre las dosis, los efectos secundarios y la eficacia de medicamentos, incluidos los anticonceptivos, son enormemente escasos y, cuando los hay, no se suelen ajustar a las normas éticas de investigación y ensayo. Muchos protocolos de terapias de drogas y otros tratamientos médicos e intervenciones practicadas a mujeres se basan en investigaciones sobre pacientes hombres que no se han sometido a un análisis o ajuste posterior desde la perspectiva de género.

105. Al abordar las desigualdades entre mujeres y hombres en materia de salud, su desigual acceso a los servicios sanitarios y lo inadecuado de éstos, los Gobiernos y otros agentes deberán promover una política activa y visible de integración de la perspectiva de género en todas las políticas y programas, a fin de que se realice un análisis de sus posibles efectos sobre mujeres y hombres, respectivamente, antes de tomar las decisiones.

Objetivo estratégico C. 1. Incrementar el acceso de las mujeres durante toda su vida a servicios de atención a la salud, a la información y los servicios relacionados adecuados, asequibles y de calidad.
 

Medidas que han de adoptarse
 

106. Medidas que han de adoptar los Gobiernos, en colaboración con las organizaciones no gubernamentales y organizaciones empresariales y de trabajadores y trabajadoras con el respaldo de los organismos internacionales:

a) Respaldar y cumplir los compromisos contraídos en el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo según se estableció en el informe de dicha Conferencia, y la Declaración y Programa de Acción sobre Desarrollo Social adoptados en la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social (15) celebrada en Copenhague, así como las obligaciones de los Estados partes con arreglo a la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres y otros acuerdos internacionales pertinentes, con el fin de satisfacer las necesidades de las niñas y las mujeres de todas las edades en materia de salud.

b) Reafirmar el derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental; proteger y promover el respeto de ese derecho para mujeres y niñas incorporándolo, por ejemplo en las legislaciones nacionales; examinar las leyes en vigor, incluidas las relativas a la atención de salud, y las políticas relacionadas, cuando sea oportuno, que reflejen un compromiso con la salud de las mujeres y asegurarse de que responden a los nuevos papeles y responsabilidades de las mujeres, dondequiera que vivan.

c) Diseñar y ejecutar, en colaboración con las propias mujeres y las organizaciones locales, programas de salud con perspectiva de género que prevean, por ejemplo, servicios de salud descentralizados, que presten atención a las necesidades de las mujeres durante toda su vida y tengan en cuenta sus múltiples papeles y responsabilidades, su limitada disponibilidad de tiempo, y las necesidades especiales de las mujeres en el medio rural así como a las mujeres con discapacidades y a las diversas necesidades de las mujeres según su edad y su condición social, económica y cultural entre otras. Hacer participar a las mujeres, especialmente a las de las comunidades indígenas y locales, en la determinación de las prioridades y la preparación de programas de atención de salud; y suprimir todos los obstáculos que impiden su acceso a los servicios de salud, ofreciendo toda una serie de servicios de asistencia sanitaria.

d) Posibilitar el acceso de las mujeres a los sistemas de seguridad social en condiciones de igualdad con los hombres durante toda su vida.

e) Proporcionar servicios de atención primaria accesibles, económicos y de calidad que incluyan la atención de la salud sexual y reproductiva, que comprende servicios de planificación familiar y la información al respecto, y que concedan especial importancia a los servicios de maternidad y de obstetricia de urgencia tal y como se acordó en el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo.

f) Reformular los sistemas de información, la formación y los servicios de salud, para sensibilizar a las trabajadoras y trabajadores de este sector, desde una perspectiva de género, de manera que respondan a las necesidades de usuarias y usuarios respecto a la capacidad de comunicación y relación interpersonal y del derecho de las personas usuarias a la privacidad y confidencialidad. Estos servicios y los servicios de información y capacitación deben basarse en un enfoque integral.

g) Asegurarse de que tanto las trabajadoras y trabajadores de la salud como los servicios prestados respetan los derechos humanos y las normas éticas, profesionales y no sexistas a la hora de prestar servicios a las mujeres, respetando al mismo tiempo, su consentimiento responsable, voluntario e informado, alentar la elaboración, aplicación y divulgación de códigos éticos que se inspiren en los códigos de ética médica internacionales así como en los principios éticos que rigen a otros profesionales de la salud.

h) Tomar todas las medidas necesarias para eliminar las intervenciones médicas dañinas, innecesarias o coercitivas así como los tratamientos inadecuados y la excesiva medicación que sufren las mujeres y asegurar que todas ellas dispongan de información completa ofrecida por personal debidamente formado sobre las posibilidades que se les ofrecen, que incluya los beneficios y los posibles efectos secundarios.

i) Fortalecer y reorientar los servicios de salud, en particular la atención primaria, con el fin de asegurar el acceso universal a servicios de salud de calidad para niñas y mujeres; reducir las enfermedades y la morbilidad materna y alcanzar a nivel mundial el objetivo convenido de reducir la mortalidad materna como mínimo en un 50 por 100 de las cifras de 1990 para el año 2000 y en otro 50 por 100 para el año 2015; garantizar el acceso a los servicios necesarios en cada uno de los niveles del sistema sanitario; y garantizar el acceso a los servicios de salud reproductiva, a través del sistema de atención primaria, para todas las personas en edad de recibirla lo antes posible y no más tarde del año 2015.

j) Reconocer y ocuparse del impacto que tienen sobre la salud los abortos en condiciones de riesgo, como una cuestión prioritaria de salud pública, tal y como se acordó en el párrafo 8.25 del Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo (14).

k) A la luz de lo dispuesto en el párrafo 8.25 del Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo donde se establece que: "En ningún caso se debe promover el aborto como método de planificación familiar. Se insta a todos los Gobiernos y a los organismos intergubernamentales pertinentes y a las organizaciones no gubernamentales a incrementar su compromiso con la salud de las mujeres, a ocuparse del impacto que tienen sobre la salud los abortos realizados en condiciones de riesgo (16) como una cuestión prioritaria de salud pública y a reducir el recurso al aborto mediante la prestación de más amplios y mejores servicios de planificación familiar. Se debe dar en todo momento la máxima prioridad a la prevención de embarazos no deseados haciendo todos los esfuerzos para evitar que las mujeres tengan que recurrir al aborto. Las mujeres que sufren embarazos no deseados deben tener fácil acceso a la información veraz y a un asesoramiento comprensivo. Toda medida o cambio que se introduzca en el sistema sanitario en lo relativo al aborto se determinará únicamente a nivel nacional o local, de conformidad con el proceso legislativo nacional. En aquellos casos en los que el aborto no sea contrario a la ley, los abortos deben realizarse en condiciones de seguridad. En todos los casos, las mujeres deberán tener acceso a servicios de calidad para tratar las complicaciones derivadas de la práctica de los abortos. Se deberán ofrecer servicios inmediatos de atención postaborto, asesoramiento y servicios de planificación familiar que contribuyan a su vez a evitar nuevos abortos", considerar la revisión de leyes que contemplan medidas punitivas contra las mujeres que han recurrido a abortos ilegales.

l) Prestar especial atención a las necesidades de las niñas, promoviendo prácticas saludables que incluyan las actividades físicas; adoptar medidas concretas para reducir las disparidades de género en las tasas de morbilidad y mortalidad donde las niñas están en situación desfavorecida, con el objetivo de alcanzar las metas aprobadas a nivel internacional en materia de reducción de la mortalidad de lactantes y de niñas y niños, y concretamente reducir para el año 2000 la tasa de mortalidad de lactantes y de niñas y niños menores de 5 años en una tercera parte de los valores de 1990, o entre 50 a 70 por 1.000 criaturas nacidas vivas si esa cifra es menor; para el año 2015 se debería alcanzar una tasa de mortalidad infantil por debajo del 35 por 1.000 de criaturas nacidas vivas y una tasa de mortalidad de niños y niñas menores de 5 años inferior a 45 por 1.000.

m) Garantizar que las niñas disponen de manera permanente de la información y los servicios necesarios en materia de salud y nutrición a medida que van creciendo, con el fin de facilitar una transición saludable de la infancia a la edad adulta.

n) Preparar información, programas y servicios de asistencia a las mujeres para que comprendan y asimilen los cambios relacionados con la edad, y abordar las necesidades en materia de salud de las mujeres de edad avanzada, prestando especial atención a las personas dependientes por razones de tipo físico o psicológico.

o) Garantizar servicios de atención para las niñas y las mujeres con discapacidades de todas las edades.

p) Elaborar políticas específicas, diseñar programas y promulgar las leyes necesarias con el objetivo de reducir y eliminar los riesgos ambientales y ocupacionales a que se ven expuestas las mujeres en el hogar, en el lugar de trabajo y en cualquier otra parte, prestando atención especial a las mujeres embarazadas y en período de lactancia.

q) Integrar los servicios de salud mental en los sistemas de atención primaria u otros sistemas apropiados, elaborar programas de atención y formar a las trabajadoras y trabajadores que se ocupan de estos servicios para que reconozcan y atiendan a las niñas y a las mujeres de todas las edades que hayan sido víctimas de cualquier tipo de violencia, especialmente violencia en el hogar, agresiones sexuales u otro tipo de agresiones durante conflictos armados y de otra índole.

r) Fomentar la información pública sobre las ventajas de la lactancia materna; estudiar las vías y medios de aplicar plenamente el Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna (OMS/UNICEF), y facilitar a las madres las condiciones que les permitan amamantar a sus hijas e hijos mediante apoyo legal, económico, moral y práctico.

s) Establecer mecanismos que respalden y posibiliten la participación de organizaciones no gubernamentales, en particular organizaciones de mujeres, grupos profesionales y otras entidades dedicadas a mejorar la salud de las niñas y las mujeres mediante la elaboración de políticas, de formulación de programas, según sea oportuno, y su ejecución en el sector de la salud y sectores relacionados a todos los niveles.

t) Apoyar a las organizaciones no gubernamentales dedicadas a mejorar las condiciones de salud de las mujeres y favorecer el desarrollo de redes con el objeto de mejorar la coordinación y la colaboración entre todos los sectores relacionados con la salud.

u) Racionalizar la adquisición de medicamentos y asegurarse de que exista una disponibilidad permanente de medicamentos de calidad, anticonceptivos y suministros y equipos de otro tipo, sobre la base de la lista de medicamentos esenciales de la OMS; y garantizar la seguridad de los fármacos y dispositivos médicos mediante mecanismos nacionales de regulación de la aprobación de fármacos.

v) Facilitar un mejor acceso a tratamientos adecuados y a servicios de rehabilitación para toxicómanas así como el asesoramiento a sus familias.

w) Promover y garantizar la seguridad alimentaria a nivel nacional y en el hogar, según sea oportuno, y poner en marcha programas destinados a mejorar el estado de nutrición de todas las niñas y mujeres, cumpliendo los compromisos contraídos en el Plan de Acción sobre Nutrición de la Conferencia Internacional sobre Nutrición (17), que incluye la reducción a nivel mundial de la desnutrición grave y moderada de las niñas y niños menores de 5 años en un 50% de los niveles de 1990 para el año 2000, concediendo especial atención a las diferencias entre niñas y niños en materia de nutrición, y la reducción de la anemia ferropénica de las niñas y las mujeres en un tercio de los niveles de 1990 para el año 2000.

x) Garantizar la disponibilidad y el acceso universal al agua potable y el saneamiento e instalar sistemas eficaces de distribución pública lo antes posible.

y) Garantizar el acceso pleno y en condiciones de igualdad con los hombres a la infraestructura y los servicios de atención de salud para las mujeres indígenas.

Objetivo estratégico C. 2. Fortalecer los programas de prevención para mejorar la salud de las mujeres.
 

Medidas que han de adoptarse

107. Medidas que han de adoptar los Gobiernos, en cooperación, con las organizaciones no gubernamentales, los medios de comunicación, el sector privado y los organismos internacionales pertinentes, incluidos los del sistema de las Naciones Unidas, cuando sea necesario:

a) Dar prioridad a los programas de educación formal y no formal que apoyan a las mujeres y les permiten desarrollar su autoestima, adquirir conocimientos, tomar decisiones y asumir responsabilidades sobre su propia salud; lograr el respeto mutuo en asuntos relativos a la sexualidad y fecundidad, y educar a los hombres sobre la importancia de la salud y el bienestar de las mujeres, prestando especial atención a programas, tanto para hombres como para mujeres, que hagan hincapié en la eliminación de las actitudes y prácticas nocivas, entre ellas la mutilación genital femenina, la preferencia por los hijos varones, que lleva al infanticidio femenino y a la selección prenatal del sexo, los matrimonios a edad temprana, incluida la infancia, la violencia contra las mujeres, la explotación sexual, las agresiones sexuales, que pueden llevar a la infección con el VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual, el uso indebido de drogas, la discriminación contra las niñas y las mujeres en la distribución de alimentos y otras actitudes y prácticas perjudiciales que afectan a la vida, la salud y el bienestar de las mujeres, y reconocer que algunas de estas prácticas pueden constituir violaciones de los derechos humanos y de los principios médicos éticos.

b) Aplicar políticas sociales, de desarrollo humano, de educación y de empleo encaminadas a eliminar la pobreza que afecta a las mujeres con el fin de reducir su vulnerabilidad ante las enfermedades y mejorar su salud.

c) Estimular a los hombres a que compartan en igualdad con las mujeres el cuidado de las hijas e hijos y el trabajo doméstico, y a que aporten la parte que les corresponde de apoyo financiero a sus familias, incluso cuando no vivan con ellas.

d) Reforzar las leyes, reformar las instituciones y promover normas y prácticas que eliminen la discriminación contra las mujeres y alentar tanto a las mujeres como a los hombres a asumir la responsabilidad de su comportamiento sexual y reproductivo; garantizar el pleno respeto a la integridad de la persona, tomar medidas para garantizar las condiciones necesarias para que las mujeres ejerzan sus derechos reproductivos y eliminar las leyes y prácticas coercitivas.

e) Preparar y difundir información accesible, mediante campañas de salud pública, buenos servicios de asesoramiento, los medios de comunicación y el sistema educativo, con el objeto de garantizar que las mujeres y los hombres, en particular las y los jóvenes, puedan adquirir conocimientos sobre su salud, especialmente información sobre la sexualidad y la reproducción, teniendo en cuenta el derechos de niñas y niños a la información, la privacidad, la confidencialidad, el respeto y el consentimiento informado, así como los derechos, deberes y responsabilidades de los padres, madres y de otras personas, jurídicamente responsables de las niñas y niños de facilitar, con arreglo a las capacidades que ellas y ellos vayan adquiriendo, orientación apropiada en el ejercicio de sus derechos reconocidos en la Convención sobre los Derechos de Niñas y Niños y de conformidad con la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres. En todas las medidas que afecten a la infancia, el bienestar de niñas y niños será una de las consideraciones primordiales.

f) Crear y apoyar programas en el sistema educativo, en el lugar de trabajo, y en la sociedad que permitan a las niñas y las mujeres de todas las edades, participar en las actividades físicas, deportivas y de recreo puestas a su disposición sobre la misma base en que participan niños y hombres.

g) Reconocer las necesidades específicas de las y los adolescentes y aplicar programas específicos adecuados, por ejemplo de educación e información sobre cuestiones de salud sexual y reproductiva y sobre enfermedades de transmisión sexual, entre ellas el VIH/SIDA, teniendo en cuenta los derechos de niñas y niños y los derechos, deberes y responsabilidades de los padres y madres, tal y como se afirma en el párrafo 107 e).

h) Establecer políticas que reduzcan la carga desproporcionada y cada vez mayor que recae sobre las mujeres que desempeñan múltiples papeles dentro del hogar y de la comunidad proporcionándoles el apoyo adecuado y programas desde los servicios sociales y de salud.

i) Adoptar normas que garanticen que las condiciones de trabajo, incluidas la remuneración y el ascenso en los puestos de trabajo de las mujeres a todos los niveles del sistema de salud no sean discriminatorias y se ajusten a pautas justas y profesionales a fin de permitirles trabajar con eficacia.

j) Garantizar que la información y la formación en materia de salud y nutrición formen parte integrante de todos los programas de alfabetización de personas adultas y de los curriculos escolares desde el nivel primario.

k) Desarrollar y emprender campañas a través de los medios de comunicación así como programas de información y educación que informen a mujeres y niñas sobre la salud y los riesgos que plantea el uso indebido de drogas y la adicción, y preparar estrategias y programas que desanimen su consumo y promuevan la rehabilitación y la recuperación de las personas afectadas.

l) Formular y aplicar programas amplios y coherentes para la prevención, el diagnóstico y el tratamiento de la osteoporosis, afección que sufren, sobre todo, las mujeres.

m) Establecer y/o fortalecer programas y servicios, que incluyan campañas en los medios de comunicación, que se ocupen de la prevención, la detección precoz y el tratamiento del cáncer de mama, el cáncer cervicouterino y otros cánceres del sistema reproductivo.

n) Reducir los riesgos ambientales que plantean una amenaza cada vez mayor a la salud, especialmente en las regiones y las comunidades pobres; aplicar un tratamiento preventivo, de conformidad con lo acordado en la Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo aprobada por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (18) e incluir información sobre los riesgos para la salud de las mujeres relacionados con el medio ambiente en el seguimiento de la aplicación de la Agenda 21 (19).

o) Crear conciencia entre las mujeres, entre profesionales de la salud, y en los niveles de elaboración de políticas y en el público en general, sobre los riesgos para la salud, graves pero que pueden prevenirse, que plantea el consumo de tabaco y la necesidad de adoptar medidas, normativas y educativas para reducir el hábito de fumar, como actividades importantes de promoción de la salud y prevención de enfermedades. 

p) Garantizar que los curriculos de las facultades de medicina y otros programas de formación sanitaria tienen en cuenta las diferencias entre mujeres y hombres e incluyen cursos amplios y obligatorios sobre la salud de las mujeres.

q) Adoptar medidas preventivas específicas para proteger a las mujeres, a las y los jóvenes y a niñas y niños de cualquier agresión, abuso sexual, explotación, tráfico y violencia, por ejemplo en la formulación y la aplicación de las leyes, y prestar protección jurídica y médica y cualquier otro tipo de asistencia.

Objetivo estratégico C. 3. Emprender iniciativas no sexistas para hacer frente a las enfermedades de transmisión sexual, el virus del VIH/SIDA y otras cuestiones de salud sexual y reproductiva
 

Medidas que han de adoptarse

108. Medidas que han de adoptar los Gobiernos, los organismos internacionales, incluidas los organismos pertinentes de las Naciones Unidas, los donantes bilaterales y multilaterales y las organizaciones no gubernamentales.

a) Garantizar la participación de las mujeres, en particular de las infectadas con el VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual o afectadas por la pandemia del VIH/SIDA, en todas las decisiones relativas al desarrollo, la aplicación, la supervisión y la evaluación de las políticas y los programas sobre el VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual.

b) Revisar y modificar las leyes, y combatir las prácticas, según sea pertinente, que puedan contribuir a la vulnerabilidad de las mujeres a la infección con el VIH y otras enfermedades de transmisión sexual, entre otras cosas promulgando leyes contra las prácticas socioculturales que contribuyen a ello y, aplicar leyes, políticas y prácticas que protejan a las mujeres, las adolescentes y las niñas de la discriminación que para ellas tiene el VIH/SIDA.

c) Alentar a todos los sectores de la sociedad, incluido el sector público, así como a los organismos internacionales, a que formulen políticas y prácticas de apoyo y comprensión no discriminatorias, en relación con el VIH/SIDA, que protejan los derechos de las personas infectadas.

d) Reconocer el alcance de la pandemia VIH/SIDA en sus países, teniendo en cuenta en especial su repercusión en las mujeres, con miras a garantizar que las mujeres infectadas no sean estigmatizadas ni sufran discriminación, inclusive durante viajes.

e) Preparar, desde una perspectiva de género, programas multisectoriales y estrategias que pongan fin a la subordinación social de las mujeres y las niñas y garantizar su igualdad y su empoderamiento social y económico; facilitar la promoción de programas que eduquen a los hombres y les predispongan a asumir sus responsabilidades en la prevención del VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual.

f) Facilitar el desarrollo de estrategias sociales que protejan a las mujeres de todas las edades del VIH y otras enfermedades de transmisión sexual; proporcionar atención y apoyo a las niñas y a las mujeres afectadas y a sus familias y movilizar a todos los sectores sociales en respuesta a la pandemia del VIH/SIDA para que ejerzan presión sobre todas las autoridades responsables a fin de que respondan de manera puntual, efectiva y sostenible desde una perspéctiva de género.

g) Apoyar y fortalecer la capacidad nacional de crear y mejorar políticas y programas sobre el VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual que incorporen la perspectiva de género, incluyendo el suministro de recursos y posibilidades a las mujeres que se encuentran con la responsabilidad del cuidado o el apoyo económico de personas infectadas por el VIH/SIDA o que están afectadas por la pandemia, así como al resto de las personas, en particular a la infancia y a las y los ancianos.

h) Impartir seminarios y educación y formación especializada a madres y padres, a los líderes de opinión y a quienes toman las decisiones a todos los niveles de la sociedad, incluidas las autoridades religiosas y tradicionales, sobre la prevención del VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual y sus consecuencias en las mujeres y en los hombres de todas las edades.

i) Impartir a todas las mujeres y a las y los trabajadores de la salud, toda la información y educación pertinentes sobre las enfermedades de transmisión sexual, que incluya el VIH/SIDA, los embarazos y sobre las consecuencias para niñas y niños y para la lactancia materna.

j) Prestar asistencia a las mujeres y a sus organizaciones formales y no formales para que establezcan y amplíen programas eficaces de educación e información y participen en la elaboración, aplicación y supervisión de estos programas.

k) Prestar plena atención a la promoción de relaciones entre mujeres y hombres justas y basadas en el respeto mutuo, y, en particular, a las necesidades de educación y de servicios de los y las adolescentes para que puedan abordar su sexualidad de manera positiva y responsable.

l) Preparar programas específicos para hombres de todas las edades, y en especial para los adolescentes, reconociendo las funciones parentales a que se hace referencia en el párrafo 107 e), con objeto de proporcionar información completa y apropiada sobre comportamientos sexuales y reproductivos responsables y sin riesgo, que incluya métodos voluntarios pertinentes y eficaces para que los pongan en práctica en la prevención del VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual, mediante métodos como la abstinencia y el uso de preservativos, entre otros.

m) Garantizar el aceso universal, a través de los servicios de atención primaria para las parejas y a nivel individual, a servicios de prevención de las enfermedades de transmisión sexual, entre ellas el VIH/SIDA, pertinentes y asequibles, y ampliar la prestación de asesoramiento y de servicios de diagnóstico voluntario y confidencial y de tratamiento para las mujeres; garantizar el suministro y la distribución en los servicios sanitarios de preservativos de calidad, así como de medicinas para el tratamiento de las enfermedades sexuales, en la medida de lo posible.

n) Apoyar los programas que tengan en cuenta que el riesgo mayor que corren las mujeres de contraer el VIH está relacionado con comportamientos de alto riesgo, como el uso de sustancias intravenosas y drogas, y el comportamiento sexual irresponsable y sin medidas de protección, y así pues tomar medidas preventivas pertinentes.

o) Apoyar y acelerar las investigaciones sobre métodos asequibles, controlados por las mujeres, para prevenir el VIH y otras enfermedades de transmisión sexual, sobre estrategias que permitan a las mujeres protegerse de las enfermedades de transmisión sexual, entre ellas el VIH/SIDA, y sobre métodos de atención, apoyo y tratamiento propios de las mujeres, garantizando su participación en todos los aspectos de tales investigaciones.

p) Apoyar e iniciar investigaciones que se ocupen de las situaciones y necesidades de las mujeres, que incluyan investigaciones sobre la infección por el VIH y otras enfermedades de transmisión sexual en las mujeres, sobre métodos de protección controlados por las mujeres, tales como microbicidas no espermicidas, y sobre actitudes y prácticas de riesgo entre mujeres y hombres.
 

Objetivo estratégico C. 4. Promover la investigación y la difusión de información sobre la salud de las mujeres
 

Medidas que han de adoptarse

109. Medidas que han de adoptar los Gobiernos, el sistema de las Naciones Unidas, las y los profesionales de salud, las instituciones de investigación, las organizaciones no gubernamentales, las instituciones donantes, las industrias farmacéuticas y los medios de comunicación, según convenga:

a) Impartir formación a las mujeres y hombres investigadores e introducir sistemas que permitan la recogida de datos, analizados y desagragados, entre otras cosas, por sexo y edad y otros criterios demográficos establecidos y por variables socioeconómicas, en la determinación de políticas, la planificación, supervisión y evaluación, según convenga.

b) Promover investigaciones, tratamientos y tecnologías que incorporen la perspectiva de género y que se centren en las mujeres, y vincular los conocimientos tradicionales incluidos los de los pueblos indígenas con la medicina moderna, poniendo la información a disposición de las mujeres para permitirles tomar decisiones informadas y responsables.

c) Aumentar el número de mujeres en puestos de dirección en las profesiones de la salud, incluidos los sectores de investigación y ciencia, para alcanzar la igualdad lo antes posible.

d) Aumentar el apoyo financiero y de otra índole, por cualquier medio para las investigaciones preventivas, biomédicas, relativas al comportamiento, epidemiológicas y de los servicios de salud de las mujeres, y a las investigaciones sobre las causas sociales, económicas y políticas de sus problemas de salud y sus consecuencias, que incluya el impacto diferencial por sexo y edad, con especial interés sobre las enfermedades crónicas y no transmisibles, en particular las enfermedades y afecciones cardiovasculares, los cánceres, las infecciones y lesiones del aparato reproductivo, el VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual, la violencia doméstica, la salud en el trabajo, las discapacidades, los problemas sanitarios relacionados con el medio ambiente, las enfermedades tropicales y los aspectos de salud que plantea el envejecimiento.

e) Informar a las mujeres sobre los factores que aumentan los riesgos de desarrollar cánceres e infecciones del aparato reproductivo, para que puedan tomar decisiones informadas sobre su salud.

f) Apoyar y financiar investigaciones desde el punto de vista social, económico, político y cultural sobre la manera en que las desigualdades basadas en el género afectan la salud de las mujeres, que incluyan cuestiones de etiología, epidemiología, prestación y utilización de servicios y resultado final del tratamiento.

g) Prestar apoyo a la investigación de los sistemas y métodos de los servicios de salud para mejorar el acceso y la calidad de la prestación de dichos servicios, garantizando un apoyo adecuado a las mujeres que prestan servicios de salud y examinando las modalidades de prestación de esos servicios a las mujeres y de su utilización.

h) Prestar apoyo financiero e institucional a la investigación sobre métodos y tecnologías seguras, eficaces, asequibles y aceptables para la salud reproductiva y sexual de mujeres y hombres, que incluyan métodos para la regulación de la fecundidad incluida la planificación natural de la familia para ambos sexos, métodos para la protección contra el VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual y métodos sencillos y baratos para el diagnóstico de tales enfermedades, entre otras cosas. Estas investigaciones deben guiarse en todas las etapas por las usuarias y usuarios y han de llevarse a cabo desde la perspectiva de mujeres, en particular desde la perspectiva de género, y realizarse en estricta conformidad con normas de investigación biomédica, jurídicas; éticas, médicas y científicas internacionalmente aceptadas.

i) Dado que el aborto en condiciones precarias (16) plantea una grave amenaza para la salud y la vida de las mujeres, deben promoverse las investigaciones encaminadas a conocer y abordar con mayor eficacia las condiciones que determinan el aborto inducido y sus consecuencias, incluidos sus efectos futuros en la fecundidad, la salud reproductiva y mental de las mujeres, y en las prácticas anticonceptivas, así como investigaciones sobre el tratamiento de complicaciones derivadas de los abortos y los cuidados postaborto.

j) Reconocer y alentar los cuidados de la medicina tradicional, especialmente la practicada por mujeres indígenas, con objeto de preservar e incorporar sus valores en los servicios de salud, y apoyar las investigaciones encaminadas a alcanzar este objetivo.

k) Elaborar mecanismos para evaluar y difundir los datos disponibles y los resultados de las investigaciones entre investigadoras e investigadores, responsables políticos, profesionales de la salud y los grupos de mujeres, entre otros.

l) Prestar atención a las investigaciones sobre el genoma humano y otras investigaciones genéticas derivadas desde la perspectiva de la salud de las mujeres y difundir información y los resultados de estudios realizados de conformidad con las normas éticas aceptadas.

Objetivo estratégico C. 5. Aumentar los recursos y realizar el seguimiento de la salud de las mujeres

Medidas que han de adoptarse

110. Medidas que han de adoptar los Gobiernos a todos los niveles, en colaboración con las organizaciones no gubernamentales, especialmente las organizaciones de mujeres y de jóvenes.

a) Aumentar las asignaciones presupuestarias para atención primaria y servicios sociales, con suficiente apoyo a nivel secundario y terciario, y prestar especial atención a la salud reproductiva y sexual de las niñas y las mujeres y priorizar a los programas de salud en las zonas rurales y en las zonas urbanas pobres.

b) Elaborar planteamientos innovadores para la financiación de los servicios de salud mediante la promoción de la participación social y la financiación local; aumentar, cuando sea necesario, las dotaciones presupuestarias para los centros locales de salud y los programas y servicios comunitarios que se ocupan de necesidades en materia de salud específicas de las mujeres.

c) Establecer servicios locales de salud que incorporen las cuestiones de género en la labor de promover la participación y los grupos de autoayuda, así como programas de salud preventiva formulados especialmente para este fin.

d) Establecer objetivos y plazos, cuando convenga, para mejorar la salud de las mujeres y para planificar, aplicar, supervisar y evaluar los programas, sobre la base del análisis del impacto diferencial utilizando datos cualitativos y cuantitativos desagregados por sexo, edad, otros criterios demográficos establecidos, y variables socioeconómicas.

e) Establecer, cuando convenga, mecanismos ministeriales e interministeriales para supervisar la aplicación de las políticas de salud de las mujeres y los programas de reformas y establecer, cuando proceda, centros de coordinación a alto nivel en los organismos nacionales de planificación responsables de su seguimiento para garantizar que se incorpore la perspectiva de género en todas las políticas de cada una de las agencias y programas gubernamentales pertinentes.

111. Medidas que han de adoptarse los Gobiernos, las Naciones Unidas y sus agencias especializadas, las instituciones financieras internacionales, los donantes bilaterales y el sector privado, según convenga:

a) Formular políticas favorables a la inversión en la salud de las mujeres y aumentar los créditos para estas inversiones, cuando convenga.

b) Proporcionar asistencia material, financiera y logística adecuada a las organizaciones no gubernamentales de jóvenes para fortalecerlas en su trabajo para que se ocupen de las preocupaciones de la juventud en el area de salud, que incluyan la salud sexual y reproductiva.

c) Dar la máxima prioridad a la salud de las mujeres y establecer mecanismos para coordinar y aplicar los objetivos de salud de la Plataforma para la Acción y los acuerdos internacionales que sean pertinentes para garantizar los avances en este sentido.