|
|
 |
|
.. .
. .
PLATAFORMA PARA LA
ACCIÓN
|
|
F. LA ECONOMÍA 150. Existen diferencias
considerables en el acceso que mujeres y hombres, respectivamente, tienen
a las estructuras económicas y a las oportunidades de ejercer el
poder en este ámbito. En la mayor parte del mundo es escasa o nula
la presencia de mujeres en los niveles de toma de decisiones económicas,
incluida la formulación de políticas financieras, monetarias,
comerciales y económicas de otra índole, así como
en los sistemas fiscales y los regímenes salariales. Dado que a
menudo, es en el marco de esas políticas donde mujeres y hombres,
individualmente deciden, entre otras cosas, cómo dividir su tiempo
entre el trabajo remunerado y el no remunerado, el desarrollo actual de
las estructuras y políticas económicas incide directamente
en el acceso de las mujeres y los hombres a los recursos económicos,
en su poder económico y, por ende, en el grado de igualdad entre
ellas y ellos, tanto en el plano individual y familiar, como en la sociedad
en su conjunto.
151. En muchas regiones,
la participación de las mujeres en el trabajo remunerado, tanto
en el mercado laboral estructurado como en el no estructurado, ha aumentado
notablemente y ha experimentado cambios durante la última década.
Aunque siguen trabajando en los sectores agrícola y pesquero, las
mujeres han comenzado a participar cada vez más, en las microempresas
y empresas de pequeña y mediana escala y, en ocasiones, han adquirido
más preponderancia en el sector no estructurado, cada vez de mayor
envergadura. Debido, entre otras cosas, a situaciones económicas
difíciles y a la falta de poder de negociación como resultado
de las desigualdades de género, muchas mujeres se han visto obligadas
a aceptar salarios bajos y condiciones de trabajo deficientes, lo que las
ha convertido en mano de obra preferente. En cambio, un número cada
vez mayor de mujeres se ha incorporado al mercado de trabajo por voluntad
propia, al cobrar una mayor conciencia de sus derechos y al hacerlos valer.
Algunas de ellas, han tenido éxito en sus empleos logrando promociones
y mejores salarios y condiciones de trabajo. Sin embargo, las mujeres se
han visto particularmente afectadas por la situación económica
y por los procesos de reestructuración, que han impuesto cambios
en la naturaleza del empleo y en algunos casos, han provocado la pérdida
de puestos de trabajo, incluso para las profesionales y las trabajadoras
especializadas. Además, muchas mujeres han ingresado en el sector
no estructurado a falta de otras oportunidades. La participación
de las mujeres y las consideraciones de género todavía están
ausentes en gran medida, aunque deben integrarse, en el proceso de elaboración
de políticas de las instituciones multilaterales que definen las
condiciones y, que en cooperación con los Gobiernos, establecen
las metas de los programas de ajuste estructural y de los préstamos
y subvenciones.
152. La discriminación
en la educación y en la formación profesional, en los modelos
de contratación y remuneración, en la promoción profesional
y en la movilidad horizontal, así como en las condiciones de trabajo
poco flexibles, la falta de acceso a los recursos productivos, el inadecuado
reparto de las responsabilidades familiares, junto con la falta o insuficiencia
de servicios tales como los de guardería, siguen restringiendo el
empleo, la movilidad, las oportunidades económicas, profesionales
y de otra índole para las mujeres, haciendo su participación
cada vez más difícil. Además, determinadas actitudes
sexistas dificultan esa participación en la formulación de
políticas económicas y en algunas regiones está restringido
el acceso de las mujeres y las niñas a la educación y la
formación para la gestión económica.
153. La participación
de las mujeres en el mercado laboral sigue aumentando; y en casi todas
partes se ha incrementado su trabajo fuera del hogar, aunque esto no ha
venido acompañado de una reducción, en consecuencia, de su
carga de trabajo no remunerado en el hogar y en la sociedad. Los ingresos
que aportan las mujeres son cada vez más necesarios en hogares de
todo tipo. En algunas regiones, han aumentado las iniciativas empresariales
y otras actividades autónomas de las mujeres, sobre todo en el sector
no estructurado. En muchos países, la mayoría de las personas
que trabajan en condiciones especiales, es decir, de forma temporal, eventual,
las que tienen varios empleos a jornadas parciales, las que trabajan por
contrata o en su propio domicilio, son mujeres.
154. Las trabajadoras
migrantes, incluidas las que trabajan en el servicio doméstico,
contribuyen con sus remesas a la economía del país de donde
provienen y también contribuyen a la economía del país
donde trabajan mediante su participación en la fuerza de trabajo.
Las mujeres que migran, sin embargo, padecen en el país a donde
van un alto nivel de desempleo en comparación con sus equivalentes
hombres y con los y las trabajadores nacionales.
155. La escasa atención
que se presta a los análisis de género hace que la contribución
y los intereses de las mujeres queden, con demasiada frecuencia, al margen
de las estructuras económicas tales como los mercados y las instituciones
financieras, los mercados de trabajo, la economía como disciplina
académica, la infraestructura económica y social, los sistemas
fiscales y de seguridad social, así como en la familia y en el hogar.
En consecuencia, muchas políticas y programas siguen contribuyendo
a la desigualdad entre mujeres y hombres. Allí donde se ha avanzado
en la integración de la perspectiva de género, también
ha aumentado la eficacia de los programas y las políticas.
156. Aunque muchas
mujeres han mejorado su situación en el ámbito económico,
la mayor parte de las mujeres, en especial aquellas que encuentran barreras
específicas, siguen sin poder alcanzar la autonomía económica
y los medios de vida sostenibles para ellas y para las personas a su cargo.
Las mujeres suelen realizar actividades económicas de diversa índole,
que a menudo combinan, y que van desde el trabajo asalariado y las actividades
agrícolas y pesqueras de subsistencia hasta las actividades del
sector no estructurado. Sin embargo, barreras legales y consuetudinarias
que les impiden la propiedad o el acceso a la tierra, a los recursos naturales,
al capital, al crédito, a la tecnología y a otros medios
de producción, así como las diferencias salariales, contribuyen
a obstaculizar el progreso económico de las mujeres. Las mujeres
contribuyen al desarrollo no sólo mediante su trabajo remunerado
sino también mediante una importante cantidad de trabajo no remunerado.
Por un lado, las mujeres participan en la producción de bienes y
servicios para el mercado y el consumo de los hogares, en la agricultura,
la producción de alimentos o las empresas familiares. Aunque se
le ha incluido en el Sistema de Cuentas Nacionales de las Naciones Unidas
y, por tanto, en las normas internacionales de las estadísticas
del trabajo, este trabajo no remunerado, en particular, el que tiene que
ver con la agricultura, se suele subvalorar y no se registra debidamente.
Por otra parte, las mujeres siguen realizando también la mayor parte
del trabajo doméstico y de las labores comunitarias no remuneradas,
como el cuidado de niñas y niños y de las personas de más
edad, la preparación de alimentos para la familia, la protección
del medio ambiente y la prestación de asistencia voluntaria a las
personas y los grupos vulnerables y desfavorecidos. Este trabajo no se
suele medir en términos cuantitativos ni se valora en las cuentas
nacionales. La contribución de las mujeres al desarrollo se subestima
profundamente y, por consiguiente, su reconocimiento social es limitado.
La plena visibilidad del carácter y del alcance de este trabajo
no remunerado, y su distribución contribuirá también
a un mejor reparto de las responsabilidades.
157. Aunque se han
creado algunas nuevas oportunidades de empleo para las mujeres como consecuencia
de la globalización de la economía, también han surgido
tendencias que han agravado las desigualdades entre las mujeres y los hombres.
Al mismo tiempo, es posible que la globalización, que incluye la
integración económica, presione sobre la situación
del empleo femenino para adaptarse a las nuevas circunstancias y para buscar
nuevas fuentes de empleo a medida que cambian las modalidades del comercio.
Es preciso realizar nuevos análisis de los efectos de la citada
globalización en la situación económica de las mujeres.
158. Esas tendencias
se han caracterizado por los salarios bajos, por la excasa o ninguna protección
de las normas laborales, por las deficientes condiciones de trabajo, en
particular, en lo relativo a la seguridad y la salud laboral de las mujeres,
los bajos niveles de especialización profesional y la falta de seguridad
social y seguridad en el empleo, tanto en el sector estructurado como en
el no estructurado. El desempleo de las mujeres es un problema grave que
va en aumento en muchos países y sectores. Las trabajadoras jóvenes
del sector no estructurado y el sector rural y las trabajadoras migrantes
siguen siendo las más desprotegidas por la legislación laboral
y las leyes de inmigración. Las mujeres, en particular aquellas
que son cabezas de familia con niñas o niños pequeños,
se ven limitadas en sus oportunidades de empleo por razones tales como
condiciones de trabajo inflexibles y un reparto inadecuado de las responsabilidades
familiares.
159. Las mujeres
con sus capacidades, si se hiciese un mejor uso de ellas, podrían
contribuir de manera decisiva a la vida económica de aquellos paises
en plena transformación política, económica y social
fundamental. Se debería ampliar y apoyar aún más esa
contribución, y aprovechar mejor el desarrollo de las capacidades
de las mujeres.
160. La falta de
empleos en el sector privado y las reducciones de servicios públicos
y de los puestos correspondientes a dichos servicios han afectado, de manera
desproporcionada, a las mujeres. En algunos países, éstas
han tenido que hacerse cargo de un mayor volumen de trabajo no remunerado,
como el cuidado de niñas y niños, de las personas enfermas
o ancianas, compensando así la pérdida de los ingresos familiares,
sobre todo cuando no se dispone de servicios públicos. En muchos
casos en las estrategias de creación de empleo no se ha prestado
la suficiente atención a ocupaciones y sectores en los que han predominado
las mujeres; ni se ha promocionado adecuadamente el acceso de las mujeres
a trabajos y sectores tradicionalmente ocupados por hombres.
161. Muchas de las
mujeres que tienen un trabajo remunerado tropiezan con obstáculos
que les impiden desarrollar sus capacidades plenamente. Si bien cada vez
es más frecuente encontrar mujeres en los niveles mas bajos de gestión,
a menudo, actitudes discriminatorias impiden su promoción a niveles
superiores. El acoso sexual es una afrenta a la dignidad de las trabajadoras
que las impide efectuar una contribución acorde con sus capacidades.
La inexistencia de un entorno de trabajo que tenga en cuenta lan necesidades
familiares, incluida la falta de servicios de guarderías infantiles
apropiados y asequibles, y unos horarios de trabajo poco flexibles, impiden
a las mujeres avanzar en la realización de sus plenas capacidades.
162. En el sector
privado, tanto en las empresas transnacionales como en las nacionales,
las mujeres están practicamente ausentes de los niveles ejecutivos
y de gestión, lo que demuestra que las políticas y prácticas
de contratación y promoción son discriminatorias. El entorno
laboral desfavorable, así como el número limitado de oportunidades
de empleo disponibles, han llevado a muchas mujeres a buscar otras opciones.
Cada vez hay más trabajadoras por cuenta propia, y propietarias
y administradoras de microempresas o de empresas pequeñas y medianas.
La expansión del sector no estructurado en muchos países
y de la empresa autónoma e independiente se debe, en gran medida,
a las mujeres cuyas iniciativas y prácticas tradicionales de colaboración
y de autoayuda en la producción y el comercio, representan un recurso
económico fundamental. Mediante el acceso al capital y su control,
al crédito y otros recursos, a la tecnología y a la formación,
las mujeres pueden aumentar la producción, la comercialización
y los ingresos para el desarrollo sostenible.
163. Habida cuenta
de que las desigualdades coexisten con progresos tangibles, es necesario
replantear las políticas de empleo a fin de incluir en ellas la
perspectiva de género y proyectar una gama más amplia de
oportunidades, así como hacer frente a las posibles consecuencias
negativas para las mujeres de las actuales estructuras de trabajo y empleo.
Para lograr la plena igualdad entre mujeres y hombres en su contribución
a la economía, se requieren esfuerzos decididos para que se reconozca
y aprecie por igual la influencia que tienen en la sociedad el trabajo,
la experiencia, los conocimientos y los valores de mujeres y hombres.
164. Al tratar cuestiónes
como la capacidad y la independencia económica de las mujeres, los
Gobiernos y otros agentes deberían fomentar una política
activa y evidente que incorpore la perspectiva de género en todas
las políticas y programas, de manera que antes de tomar decisiones,
se analicen los efectos que han de tener tanto para mujeres como para hombres.
Objetivo estratégico
F. 1. Promover la independencia y los derechos económicos de
las mujeres, incluyendo el acceso al empleo, a condiciones de trabajo apropiadas
y el control de los recursos económicos.
Medidas que han de adoptarse
165. Medidas que han de adoptar
los Gobiernos:
a) Promulgar
y hacer cumplir leyes que garanticen los derechos de mujeres y hombres
a una remuneración igual por el mismo trabajo o por un trabajo de
igual valor.
b) Aprobar
y aplicar leyes contra la discriminación sexista en el mercado de
trabajo, en la contratación y la promoción, en la concesión
de prestaciones laborales y de seguridad social y en las condiciones de
trabajo, con especial consideración a las trabajadoras de más
edad.
c) Adoptar
medidas apropiadas para tener en cuenta el papel y las funciones reproductivas
de las mujeres y eliminar las prácticas discriminatorias de los
empleadores, tales como no contratar o despedir a mujeres debido al embarazo
o al periodo de lactancia, o la exigencia de pruebas de utilización
de anticonceptivos, adoptando medidas eficaces para garantizar que las
mujeres embarazadas, las que disfrutan de licencia de maternidad o las
que se reintegran al mercado laboral después de tener hijas e hijos
no sufran discriminación alguna.
d) Elaborar
mecanismos y tomar medidas positivas que permitan a las mujeres participar
plenamente y en condiciones de igualdad en la formulación de políticas
y en la definición de estructuras por medio de organismos como los
ministerios de hacienda y comercio, las comisiones económicas nacionales,
los institutos de investigación económica y otros organismos
fundamentales, así como mediante su participación en los
organismos internacionales pertinentes.
e) Emprender
reformas legislativas y administrativas que otorguen a las mujeres iguales
derechos que los hombres a los recursos económicos, lo que incluye
la propiedad y el control de la tierra y otros bienes, el crédito,
la herencia, los recursos naturales y la tecnología apropiada.
f) Revisar
los sistemas nacionales de impuestos sobre la renta y de impuestos sobre
la herencia, y los sistemas de seguridad social con objeto de eliminar
cualquier posible discriminación contra las mujeres.
g) Tratar
de llegar a un conocimiento más completo en materia de trabajo y
empleo, entre otras cosas, mediante actividades para medir y comprender
mejor el tipo, el alcance y la distribución del trabajo no remunerado,
particularmente el trabajo de atención a personas dependientes y
el trabajo no remunerado realizado para las empresas o explotaciones agrícolas
familiares, y estimular el intercambio y la difusión de información
sobre los estudios y la experiencia en esta materia, inclusive la formulación
de métodos para determinar su valor en términos cuantitativos
para un eventual reflejo de dichos valores en cuentas separadas, aunque
de manera acorde con las cuentas nacionales básicas.
h) Revisar
y reformar las leyes que regulen el funcionamiento de las instituciones
financieras a fin de que éstas presten servicios a las mujeres en
las mismas condiciones que se aplican a los hombres.
i) Facilitar,
a los niveles apropiados, que los procesos presupuestarios sean más
abiertos y transparentes.
j) Revisar
y aplicar políticas nacionales que apoyen a los mecanismos tradicionales
de ahorro, crédito y préstamo para las mujeres.
k) Asegurar
que las políticas nacionales relacionadas con los acuerdos comerciales
internacionales y regionales no tengan efectos perjudiciales para las actividades
económicas nuevas y tradicionales que llevan a cabo las mujeres.
l) Velar
por que todas las empresas, incluidas las transnacionales, cumplan las
leyes y códigos nacionales, las normas de seguridad social, los
acuerdos, instrumentos y convenios internacionales vigentes, incluidos
los relativos al medio ambiente, y otras leyes pertinentes.
m) Modificar
las políticas de empleo a fin de facilitar la reestructuración
de los regímenes laborales de manera que promuevan un reparto de
las responsabilidades familiares.
n) Establecer
mecanismos y otros foros que permitan a las mujeres empresarias y a las
trabajadoras contribuir a la formulación de las políticas
y programas que estén elaborando los ministerios económicos
y las instituciones financieras.
o) Promulgar
y hacer cumplir las leyes que garanticen la igualdad de oportunidades entre
mujeres y hombres, adoptar medidas de acción positivas y asegurar
su cumplimiento en los sectores público y privado por distintos
medios.
p) Utilizar
los análisis sobre el impacto de género en la formulación
de las políticas macro y microeconómicas y sociales, con
el fin de vigilar las repercusiones de dichas políticas y modificarlas
en los casos en que sean perjudiciales para las mujeres.
q) Fomentar
políticas que tengan en cuenta la perspectiva de género y
medidas para el empoderamiento de las mujeres, para que participen en igualdad
con los hombres en los campos técnico, administrativo y empresarial.
r) Reformar
las leyes o aplicar políticas nacionales en apoyo del establecimiento
de una legislación laboral que garantice la protección de
todas las trabajadoras, que incluya prácticas de trabajo seguras,
el derecho a organizarse y el acceso a la justicia.
Objetivo estratégico
F. 2. Facilitar el acceso de las mujeres, en condiciones de igualdad
con los hombres, a los recursos, el empleo, los mercados y el comercio
Medidas que han de adoptarse
166. Medidas que han de adoptar
los Gobiernos:
a) Fomentar
y respaldar el autoempleo de las mujeres y la creación de pequeñas
empresas; fortalecer su acceso al crédito y al capital en condiciones
apropiadas e iguales a las que se conceden a los hombres, mediante la promoción
de instituciones dedicadas a fomentar la capacidad empresarial de las mujeres,
que incluyan, según proceda, planes de crédito mutuo y no
tradicional, así como nuevos tipos de relaciones con instituciones
financieras.
b) Fomentar
las propuestas e iniciativas del Estado, en su función de empleador,
para crear una política de igualdad de oportunidades para mujeres
y hombres.
c) Mejorar,
a nivel nacional y local, la capacidad de generación de ingresos
por parte de las mujeres de las zonas rurales, facilitando la igualdad
de acceso y el control de los recursos productivos, la tierra, el crédito,
el capital, los derechos de propiedad, los programas de desarrollo y las
estructuras cooperativas.
d) Fomentar
y fortalecer las microempresas, la creación de pequeñas empresas,
las cooperativas, la ampliación de los mercados y otras oportunidades
de empleo y, según proceda, facilitar la transición del sector
no estructurado al sector estructurado, particularmente en las zonas rurales.
e) Crear
y modificar programas que reconozcan y fortalezcan el papel decisivo de
las mujeres en la seguridad alimentaria y proporcionar a las productoras
remuneradas y no remuneradas, especialmente a las que se dedican a actividades
de producción de alimentos, como la agricultura, la pesca y la piscicultura
así como a las empresas urbanas, igualdad de acceso a tecnologías
apropiadas, transporte, servicios de extensión, comercialización
y facilidades de crédito a nivel local y comunitario.
f) Crear
mecanismos apropiados y fomentar instituciones intersectoriales que permitan
a las cooperativas de mujeres aumentar al máximo su acceso a los
servicios necesarios.
g) Incrementar
la proporción de mujeres entre el personal de los servicios de extensión
y otros servicios gubernamentales que proporcionan asistencia técnica
o administran programas económicos.
h) Revisar,
reformular si conviene y aplicar políticas, incluso en el ámbito
de la legislación relativa a las empresas, el comercio y los contratos,
y de los reglamentos gubernamentales a fin de asegurar que no existen discriminaciones
contra las pequeñas y medianas empresas de propiedad de mujeres
en las zonas rurales y urbanas.
i) Proporcionar
análisis, asesoramiento y coordinación sobre las políticas,
para que integren las necesidades y los intereses de las mujeres empleadas,
las trabajadoras por cuenta propia y las empresarias en el marco de las
políticas sectoriales e interministeriales, los programas y los
presupuestos .
j) Garantizar
la igualdad de acceso de las mujeres a una formación laboral eficaz,
al reciclaje profesional, el asesoramiento y unos servicios de colocación
que no se limiten a las esferas de empleo tradicionales.
k) Eliminar
los obstáculos políticos y reglamentarios con que tropiezan
las mujeres en los programas sociales y de desarrollo que desalientan la
iniciativa privada e individual.
l) Salvaguardar
y promover el respeto de los derechos elementales de los trabajadores de
ambos sexos, incluyendo la prohibición del trabajo forzoso y del
trabajo infantil, la libertad de asociación y el derecho a organizarse
y a concertar convenios colectivos; establecer la igualdad de remuneración
para mujeres y hombres por trabajo de igual valor y la no discriminación
en el empleo, respetando plenamente los convenios de la Organización
Internacional del Trabajo en el caso de los Estados partes en esos convenios,
y teniendo en cuenta los principios en que se fundan esos convenios en
el caso de los países que no son Estados partes en ellos, a fin
de lograr un crecimiento económico sostenido y un verdadero desarrollo
sostenible.
167. Medidas que
han de adoptar los Gobiernos, los bancos centrales y los bancos nacionales
de desarrollo, así como las instituciones bancarias privadas, según
proceda:
a) Aumentar
la participación de las mujeres, incluidas aquellas empresarias
miembros de juntas consultivas y otros foros para que las empresarias de
todos los sectores y sus organizaciones puedan contribuir a la formulación
y al examen de las políticas y los programas que elaboren los ministerios
de economía y las instituciones bancarias.
b) Movilizar
al sector bancario para que conceda más préstamos y la refinanciación
mediante incentivos y la creación de entidades intermediarias que
se ocupen de las necesidades de las mujeres empresarias y productoras en
las zonas rurales y urbanas, y para que incluya a las mujeres en sus órganos
directivos y en la planificación y toma de decisiones.
c) Estructurar
servicios que estén al alcance de las mujeres de las zonas rurales
y urbanas que participan en microempresas y pequeñas y medianas
empresas, prestando especial atención a las mujeres jóvenes,
a las mujeres de bajos ingresos, a las que pertenecen a minorías
étnicas y raciales, y a las mujeres indígenas, que carecen
de acceso al capital y a los bienes; y ampliar el acceso de las mujeres
a los mercados financieros, seleccionando y alentando reformas financieras
en la supervisión y la reglamentación, que respalden los
esfuerzos directos e indirectos de las instituciones financieras para atender
mejor las necesidades de crédito y otras necesidades financieras
de las microempresas y las pequeñas y medianas empresas propiedad
de mujeres.
d) Asegurar
que las prioridades de las mujeres se incluyen en los programas de inversiones
públicas para infraestructuras económicas, como el agua y
el saneamiento, la electrificación y la conservación de energía,
el transporte y la construcción de caminos. Fomentar una mayor participación
de las mujeres beneficiarias de proyectos en las etapas de planificación
y ejecución para asegurar el acceso a los empleos y los contratos.
168. Medidas que
han de adoptar los Gobiernos y las organizaciones no gubernamentales:
a) Prestar
especial atención a las necesidades de las mujeres al difundir información
sobre los mercados, el comercio y los recursos e impartir formación
adecuada en esos ámbitos.
b) Alentar
estrategias de desarrollo económico de las sociedades que propicien
la colaboración entre los Gobiernos, y alentar a los miembros de
la sociedad civil para que creen empleos y se ocupen de la situación
social de las personas, las familias y las comunidades.
169. Medidas que
han de adoptar los bancos de desarrollo regionales, los organismos financieros
multilaterales así como las agencias de financiación privadas
y bilaterales, en los planos internacional, regional y subregional:
a) Examinar,
reformular, cuando proceda, y ejecutar políticas, programas y proyectos
para procurar que una mayor proporción de recursos quede a disposición
de las mujeres en las zonas rurales y aisladas geográficamente.
b) Elaborar
acuerdos flexibles para la financiación de instituciones intermediarias
dirigidas a las actividades económicas de las mujeres, y fomentar
la autosuficiencia y el aumento de la capacidad y rentabilidad de las empresas
económicas propiedad de mujeres.
c) Elaborar
estrategias para consolidar y ampliar su asistencia al sector de las micro,
pequeñas y medianas empresas, a fin de ampliar las oportunidades
de participación plena de las mujeres y trabajar conjuntamente en
la coordinación y el apoyo de ese sector para que sea eficaz, aprovechando
la experiencia y los recursos financieros de sus propias organizaciones,
de los organismos bilaterales, los Gobiernos y las organizaciones no gubernamentales.
170. Medidas que
han de adoptar las organizaciones internacionales, multilaterales y bilaterales
de cooperación para el desarrollo:
Prestar apoyo mediante
el suministro de capital y/o de recursos, a las instituciones financieras
que atienden a las mujeres empresarias y productoras de bajos ingresos,
que administran empresas pequeñas y microempresas en los sectores
estructurado y no estructurado.
171. Medidas que
han de adoptar los Gobiernos y/o las instituciones financieras multilaterales:
Revisar las reglas
y los procedimientos de las instituciones financieras nacionales e internacionales
del sector estructurado que constituyen un obstáculo para reproducir
el modelo del Banco Grameen, que proporciona servicios de crédito
a las mujeres rurales.
172. Medidas que
han de adoptar las organizaciones internacionales:
Prestar apoyo adecuado
a los programas y proyectos destinados a fomentar actividades empresariales
sostenibles y productivas entre las mujeres, en especial las que se encuentran
en situación desfavorecida.
Objetivo estratégico
F. 3. Proporcionar servicios comerciales, formación y acceso
a los mercados, a la información y a la tecnología, en particular
a las mujeres de bajos ingresos.
Medidas que han de adoptarse
173. Medidas que
han de adoptar los Gobiernos, en cooperación con las organizaciones
no gubernamentales y el sector privado:
a) Proporcionar
infraestructura pública para asegurar la igualdad de acceso a los
mercados para mujeres y hombres empresarios.
b) Elaborar
programas que proporcionen formación y reciclaje profesional, especialmente
sobre nuevas tecnologías, y servicios asequibles para las mujeres
en gestión de empresas, desarrollo de productos, financiación,
control de la producción y la calidad, comercialización y
aspectos legales de la actividad comercial.
c) Facilitar
programas divulgativos para informar a las mujeres pobres y de bajos ingresos,
especialmente en las zonas rurales y aisladas geograficamente, de las oportunidades
de acceso a los mercados y las tecnologías, y prestar asistencia
para que aprovechen dichas oportunidades.
d) Crear
servicios de apoyo no discriminatorios, incluidos fondos de inversión
para las empresas de propiedad de mujeres, y tener especialmente en cuenta,
en los programas de promoción comercial, a las mujeres, sobre todo
las de bajos ingresos.
e) Difundir
información sobre mujeres empresarias que hayan tenido éxito
en actividades económicas tradicionales y no tradicionales, y sobre
la preparación necesaria para ello; facilitando la creación
de redes y el intercambio de información.
f) Adoptar
medidas para asegurar la igualdad de acceso de las mujeres a la formación
permanente en el lugar de trabajo, que incluya también a las mujeres
desempleadas, las madres solteras, las mujeres que se reintegran al mercado
laboral tras abandonar temporalmente el empleo por un período prolongado
debido a responsabilidades familiares y otras causas, y las mujeres desplazadas
por nuevas formas de producción o por reducciones del personal,
y aumentar los incentivos a las empresas para que incrementen el número
de centros de formación profesional que ofrezcan a la mujeres formación
en areas de ocupación no tradicionales.
g) Prestar
servicios de apoyo asequibles, que tengan en cuenta las necesidades de
mujeres y hombres trabajadores, tales como servicios de guardería
de buena calidad, flexibles y asequibles.
174. Medidas que
han de adoptar las organizaciones empresariales locales, nacionales, regionales
e internacionales y las organizaciones no gubernamentales sensibilizadas
con las cuestiones de género:
Abogar, en todos
los niveles, por la promoción y el apoyo de los negocios y las empresas
propiedad de mujeres, incluidas las del sector no estructurado, y por la
igualdad de acceso de las mujeres a los recursos productivos.
Objetivo estratégico
F. 4. Reforzar la capacidad económica y las redes comerciales
de las mujeres
Medidas que han de adoptarse
175. Medidas que han de adoptar los
Gobiernos:
a) Adoptar
políticas que alienten a las organizaciones empresariales, a las
no gubernamentales, a las cooperativas, fondos rotatorios de préstamo,
cooperativas de ahorro y crédito, organizaciones populares, grupos
de autoayuda entre mujeres y otros colectivos, a fin de que presten servicios
a las mujeres empresarias en las zonas rurales y urbanas.
b) Integrar
la perspectiva de género en todas las políticas de reestructuración
económica y ajuste estructural y elaborar programas para las mujeres
que se vean afectadas por dichas políticas, incluidos los programas
de ajuste estructural, así como para las mujeres que trabajan en
el sector no estructurado.
c) Adoptar
políticas para crear un entorno propicio para el establecimiento
de grupos de autoayuda entre mujeres, así como organizaciones y
cooperativas de trabajadoras mediante formulas no convencionales de apoyo,
y reconociendo el derecho de las mujeres a la libertad de asociación
y el derecho a organizarse.
d) Prestar
apoyo a los programas que mejoren la autosuficiencia de grupos especiales
de mujeres, como las jóvenes, las mujeres con discapacidades, las
ancianas y las que pertenecen a minorías raciales y étnicas.
e) Fomentar
la igualdad entre mujeres y hombres mediante la promoción de estudios
sobre las mujeres y la utilización de los resultados de los estudios
y de investigaciones sobre género en todas los campos, incluido
el económico, científico y tecnológico.
f) Prestar apoyo
a las actividades económicas de las mujeres indígenas teniendo
en cuenta sus conocimientos tradicionales, con el fin de mejorar su situación
y desarrollo.
g) Adoptar
políticas que amplíen o mantengan la protección que
prestan las leyes laborales y las disposiciones sobre bienestar social
a las personas que realizan trabajo remunerado en el hogar.
h) Reconocer
y alentar la contribución de las investigaciones efectuadas por
las mujeres en el mundo de la ciencia y la tecnología.
i) Asegurar
que las políticas y las reglamentaciones no discriminen a las micro
y las pequeñas y medianas empresas administradas por mujeres.
176. Medidas para
los intermediarios financieros, los institutos nacionales de formación,
las cooperativas de ahorro y crédito, las organizaciones no gubernamentales,
las asociaciones de mujeres, las organizaciones profesionales y el sector
privado, según proceda:
a) Impartir
formación a nivel nacional, regional e internacional en diversas
materias técnicas, comerciales y financieras que permita a las mujeres,
en especial a las jóvenes, participar en la formulación de
políticas económicas en esos niveles.
b) Proporcionar
servicios comerciales, que incluya información sobre las técnicas
de mercado y comercio, el diseño y la creación de nuevos
productos, la transferencia de tecnología y el control de calidad,
a las empresas comerciales propiedad de mujeres, incluyendo las del sector
de la exportación.
c) Promover
vínculos técnicos y comerciales y crear empresas mixtas entre
empresarias en los planos nacional, regional e internacional para apoyar
las iniciativas surgidas a nivel comunitario.
d) Fortalecer
la participación de mujeres, incluidas aquellas en situación
de marginación, en cooperativas de producción y comercialización
mediante apoyo comercial y financiero, especialmente en zonas rurales y
apartadas geograficamente.
e) Fomentar y fortalecer
las microempresas de mujeres, la creación de pequeñas empresas,
las empresas cooperativas, los mercados amplios y otras oportunidades de
empleo y, cuando proceda, facilitar la transición del sector no
estructurado al estructurado, en las zonas rurales y urbanas.
f) Invertir
capital y crear carteras de inversión que financien empresas comerciales
propiedad de mujeres.
g) Prestar
asistencia técnica, servicios de asesoramiento, formación
y reciclaje profesional para favorecer el ingreso de mujeres en la economía
de mercado.
h) Prestar
apoyo a redes de crédito y empresas innovadoras que incluyan tambien
los sistemas de ahorro tradicionales.
i) Establecer
convenios para el establecimiento de una red de empresarias, que incluya
oportunidades de asesoramiento para que las mujeres más expertas
aconsejen a las menos experimentadas.
j) Alentar
a las organizaciones comunitarias y a las autoridades públicas a
crear fondos de préstamo para empresarias, aprovechando modelos
de pequeñas cooperativas que hayan tenido éxito.
177. Medidas que
ha de adoptar el sector privado, incluidas las empresas transnacionales
y nacionales:
a) Adoptar
políticas y establecer mecanismos para otorgar contratos sobre bases
no discriminatorias.
b) Contratar
mujeres para ocupar puestos directivos, de adopción de políticas
y de gestión y proporcionarles programas de formación, todo
ello en pie de igualdad con los hombres.
c) Cumplir
las leyes nacionales en materia de trabajo, medio ambiente, protección
de consumidores, salud y seguridad, sobre todo las que afectan a las mujeres.
Objetivo estratégico
F. 5. Eliminar la segregación en el trabajo y todas las formas
de discriminación de las mujeres en el empleo
Medidas que han de adoptarse
178. Medidas que
han de adoptar los Gobiernos, las empresarias y empresarios, las y los
empleados, las organizaciones sindicales y las organizaciones de mujeres:
a) Aplicar
y hacer cumplir las leyes y reglamentos y promover códigos de conducta
que aseguren la no discriminación en la aplicación de las
Normas Internacionales del Trabajo, como el Convenio nº 100 relativo
al derecho de trabajadoras y trabajadores a la Igualdad de Remuneración
entre la Mano de Obra Masculina y la Mano de Obra Femenina por un Trabajo
de Igual Valor.
b) Promulgar
y hacer cumplir las leyes e introducir medidas de aplicación que
incluyan mecanismos de recurso y de acceso a la justicia en caso de incumplimiento,
a fin de prohibir la discriminación directa e indirecta por razón
de sexo, incluido todo lo referente al estado civil o situación
familiar en relación al acceso y las condiciones de empleo, que
tengan en cuenta la formación, la promoción, la salud y la
seguridad, así como en relación con los despidos y la seguridad
social de las y los trabajadores, que contemplen la protección legal
contra el acoso sexual y racial.
c) Promulgar
y hacer cumplir leyes y elaborar políticas aplicables en el lugar
de trabajo contra la discriminación sexista en el mercado de trabajo,
-con especial consideración a las trabajadoras de más edad-,
en lo relativo a las contrataciones y los ascensos y en la concesión
de las prestaciones de empleo y seguridad social, así como en las
condiciones de trabajo discriminatorias y el acoso sexual. Se deben establecer
mecanismos para revisar y vigilar periódicamente estas leyes.
d) Eliminar
las prácticas discriminatorias de empresarias y empresarios basadas
en las funciones reproductivas de las mujeres, como por ejemplo la denegación
de empleo y el despido de mujeres debido al embarazo o la lactancia.
e) Elaborar
y promover programas y servicios de empleo para las mujeres que ingresan
por primera vez o se incorporan de nuevo al mercado de trabajo, especialmente
las mujeres pobres de las zonas urbanas y rurales, las mujeres jóvenes
y aquellas que se hayan visto afectadas por programas de ajuste estructural.
f) Aplicar
y supervisar programas de empleo equitativos y que incluyan medidas de
acción positiva que intenten superar la discriminación sistémica
contra las mujeres en el mercado de trabajo, en los sectores público
y privado, en particular contra las mujeres con discapacidades o pertenecientes
a determinados grupos desfavorecidos, tanto en los niveles de la contratación,
la permanencia y los ascensos del puesto de trabajo, como a nivel de la
formación profesional de las mujeres en todos los sectores.
g) Eliminar
la segregación en el ámbito laboral, promoviendo especialmente
una participación en igualdad de condiciones para las mujeres en
trabajos de alta cualificación y en los puestos de dirección,
con medidas tales como el asesoramiento y la colocación, que promuevan
las perspectivas de promoción profesional y la movilidad ascendente
en el marco de su propio puesto de trabajo, y estimulando la diversificación
de las posibilidades ocupacionales de las mujeres y los hombres. Alentar
a las mujeres a realizar trabajos no tradicionales, especialmente en el
campo de la ciencia y la tecnología y alentar a los hombres a buscar
empleo en el sector social.
h) Reconocer
que la negociación de convenios colectivos constituye un derecho
y es un mecanismo importante para eliminar las desigualdades en la remuneración
entre mujeres y hombres y mejorar sus condiciones de trabajo.
i) Promover
la elección de mujeres como dirigentes sindicales y asegurar que
se garantice a las dirigentes sindicales la protección en el empleo
y la seguridad física en el desempeño de sus funciones.
j) Desarrollar
programas específicos que permitan a las mujeres con discapacidades,
asegurando su propio acceso, obtener y mantener un puesto de trabajo y
asegurar tambien su acceso a la enseñanza y a la formación
a todos los niveles adecuados, de conformidad con las Normas Uniformes
sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidades
(30); modificar, en la medida de lo posible, las condiciones de trabajo
a fin de adecuarlas a las necesidades de las mujeres con discapacidades,
que deben gozar de protección legal contra la pérdida infundada
del puesto de trabajo debido a su discapacidad.
k) Incrementar
los esfuerzos por eliminar las diferencias entre la remuneración
de las mujeres y de los hombres, adoptando medidas para aplicar el principio
de la remuneración igual por el mismo trabajo o por un trabajo de
igual valor, mejorando la legislación para que incluya el cumplimiento
de la legislación y las normas laborales internacionales, y promover
planes de evaluación del trabajo realizado con criterios imparciales
no sexistas.
l) Establecer
o fortalecer los mecanismos de decisión judicial en materias relacionadas
con la discriminación en la remuneración.
m) Fijar
plazos para eliminar todas las formas de trabajo infantil que sean contrarias
a las normas internacionales aceptadas y asegurar el pleno cumplimiento
de las leyes vigentes al respecto y cuando proceda, promulgar la legislación
necesaria para aplicar la Convención sobre los Derechos de Niñas
y Niños y las normas de la Organización Internacional del
Trabajo a fin de proteger a las niñas y niños que trabajan,
sobre todo las niñas y niños de la calle, ofreciendo servicios
adecuados de salud y educación y otros servicios sociales.
n) Procurar
que en las estrategias para eliminar el trabajo infantil, allí donde
se apliquen, se tengan en cuenta también las tareas excesivas que
recaen sobre algunas niñas respecto a los trabajos no remunerados
que realizan en su hogar y en otros hogares.
o) Revisar,
analizar y, según proceda, reformular las escalas de sueldos y salarios
en las profesiones en que predominan las mujeres, como la enseñanza,
la enfermería y la atención a la infancia, para mejorar su
baja categoría y remuneración.
p) Facilitar
el empleo productivo de las trabajadoras migrantes documentadas (incluidas
las mujeres reconocidas como refugiadas con arreglo a la Convención
sobre el Estatuto de las Personas Refugiadas de 1951), mediante un mayor
reconocimiento de la educación y de los títulos, diplomas
y credenciales extranjeros y la adopción de un criterio integral
en lo que respecta a la formación necesaria para incorporarse al
mercado de trabajo, formación que debe incluir la enseñanza
del idioma del país receptor.
Objetivo estratégico
F. 6. Fomentar una armonización de las responsabilidades laborales
y familiares entre mujeres y hombres.
Medidas que han de adoptarse
179. Medidas que han de adoptar los
Gobiernos:
a) Adoptar
políticas para asegurar una protección apropiada de la legislación
laboral y de las prestaciones sociales para aquellas personas empleadas
a tiempo parcial, para las y los trabajadores estacionales o temporales
y para quienes trabajan en el hogar; promover el desarrollo profesional
sobre la base de unas condiciones de trabajo que concilien las responsabilidades
laborales con las familiares.
b) Garantizar
que las mujeres y los hombres puedan decidir libremente y en pie de igualdad
si trabajan a tiempo completo o parcial, y examinar la posibilidad de proporcionar
una protección adecuada a las y los trabajadores atípicos
en lo relativo al acceso al empleo, las condiciones de trabajo y la seguridad
social.
c) Asegurar,
mediante leyes, incentivos y/o estímulos, que se den oportunidades
adecuadas a las mujeres y a los hombres para obtener licencias y prestaciones
de maternidad o paternidad. Promover, de la misma manera, mediante legislación
apropiada, incentivos y /o estímulos, la distribución igualitaria
de las responsabilidades de mujeres y hombres respecto de la familia, facilitando
las tareas de lactancia a las madres trabajadoras.
d) Elaborar
políticas, entre otras áreas en la de la enseñanza,
para modificar las actitudes que refuerzan la división sexista del
trabajo, con objeto de promover el concepto de las responsabilidades familiares
compartidas en el ámbito doméstico, en particular, en lo
relativo a la atención de niñas y niños y personas
ancianas.
e) Mejorar
el desarrollo y el acceso a las tecnologías que faciliten el trabajo
profesional, así como doméstico; estimular la autosuficiencia
y las actividades generadoras de ingresos; transformar, dentro del proceso
productivo, los papeles establecidos en función del género
y permitir a las mujeres la posibilidad de cambiar los trabajos mal remunerados
por otros mejores.
f) Examinar
una serie de políticas y programas, incluso las leyes sobre seguridad
social y los regímenes fiscales, de conformidad con las prioridades
y las políticas nacionales, para determinar cómo promover
la igualdad y mujeres y hombres y la flexibilidad en la división
del tiempo de cada persona entre la educación y la formación,
el empleo remunerado, las responsabilidades familiares, las actividades
voluntarias y otras formas de trabajo socialmente útiles, y entre
el ocio y el descanso, y en el modo en que obtienen beneficios de todas
esas actividades.
180. Medidas que
han de adoptar, según proceda, los Gobiernos, el sector privado
y las organizaciones no gubernamentales, los sindicatos y las Naciones
Unidas
a) Adoptar,
con la participación de los órganos gubernamentales y las
asociaciones empresariales y de trabajadores pertinentes, medidas adecuadas
para que las mujeres y los hombres puedan obtener licencias temporales,
tener la posibilidad de intercambiar sus empleos y las prestaciones por
jubilación y la posibilidad de modificar el horario de trabajo sin
sacrificar sus perspectivas de perfeccionamiento y promoción profesional.
b) Elaborar
y suministrar programas educativos mediante campañas innovadoras
en los medios de comunicación y programas de enseñanza en
los centros educativos y en la sociedad que promuevan la igualdad entre
mujeres y hombres y la eliminación de los estereotipos sexistas
relativos a los papeles que desempeñan mujeres y hombres dentro
de la familia; proporcionar servicios e instalaciones de apoyo, como guarderías
en el lugar de trabajo y flexibilidad en los horarios de trabajo.
c) Promulgar
y aplicar leyes para luchar contra el acoso sexual y otras formas
de agresión en todos los ámbitos
de trabajo.
|