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PLATAFORMA PARA LA
ACCIÓN
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G. EL PODER Y LA TOMA DE DECISIONES. 181. La Declaración
Universal de Derechos Humanos establece que toda persona tiene derecho
a participar en el gobierno de su país. El empoderamiento y la autonomía
de las mujeres y la mejora de su situación social, económica
y política son fundamentales para el logro de un gobierno y una
administración transparentes y responsables y para el desarrollo
sostenible en todas las esferas de la vida. Las relaciones de poder que
impiden que las mujeres puedan ejercerlo plenamente funcionan a muchos
niveles de la sociedad, desde lo público a lo personal. Conseguir
el objetivo de la igualdad de participación de mujeres y hombres
en la toma de decisiones proporcionará un equilibrio que reflejará
de manera más adecuada la composición de la sociedad y es
necesario para promover el buen funcionamiento de la democracia. Sin este
equilibrio es muy poco probable la integración real de la dimensión
de igualdad en la formulación de políticas gubernamentales.
A ese respecto, la igual participación de las mujeres en la vida
política juega un papel crucial en el proceso general de avance
de las mujeres. La participación igualitaria de las mujeres en la
toma de decisiones no es sólo una exigencia básica de justicia
o democracia sino que puede considerarse una condición necesaria
para que los intereses de las mujeres se tengan en cuenta. Sin la participación
activa de las mujeres y la incorporación de sus puntos de vista
a todos los niveles del proceso de toma de decisiones, no se podrán
conseguir los objetivos de igualdad, desarrollo y paz.
182. A pesar de
que en la mayoría de los países se han desarrollado procesos
de democratización, las mujeres siguen estando insuficientemente
representadas en casi todos los niveles de gobierno, sobre todo a nivel
ministerial y de otros órganos ejecutivos, y se han conseguido pocos
avances en cuanto a espacios de poder político en los órganos
legislativos y en lo que respecta al cumplimiento del objetivo aprobado
por el Consejo Económico y Social de que para 1995 tenía
que haber un 30 por 100 de mujeres en puestos directivos. A nivel mundial,
sólo un 10 por 100 de los escaños de los órganos legislativos
y un porcentaje inferior de los cargos ministeriales están ocupados
por mujeres. De hecho, en algunos países, incluso en los que están
experimentando cambios políticos, económicos y sociales fundamentales,
ha disminuido significativamente el número de mujeres representadas
en los órganos legislativos. Aunque las mujeres constituyen, por
lo menos, la mitad del electorado de casi todos los países y han
conseguido el derecho al voto y a desempeñar cargos públicos
en casi todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas, la proporción
de candidatas a cargos públicos es muy insuficiente. Los modos tradicionales
de muchos partidos políticos y estructuras gubernamentales siguen
siendo un obstáculo para la participación de las mujeres
en la vida pública. Las actitudes y prácticas discriminatorias,
las responsabilidades familiares y el cuidado de hijas e hijos, y el elevado
costo que supone aspirar a cargos públicos y mantenerse en ellos,
son factores que pueden disuadir a las mujeres de ocupar puestos políticos.
Las mujeres que ocupan estos puestos políticos y de toma de decisiones
en los gobiernos y órganos legislativos, contribuyen a redefinir
las prioridades políticas al incluir en los programas de los gobiernos
nuevos temas que atienden y responden a las cuestiones específicas
de género, a los valores y las experiencias de las mujeres y ofrecen
nuevos puntos de vista sobre cuestiones políticas generales.
183. Las mujeres
han demostrado capacidad de liderazgo en organizaciones no gubernamentales
y comunitarias, y también en cargos públicos. Sin embargo,
la socialización y los estereotipos negativos sobre las funciones
de mujeres y hombres, que incluso difunden los medios de comunicación,
refuerzan la tendencia a que las decisiones políticas sigan siendo
predominantemente una tarea de los hombres. Asimismo, la escasa representación
de las mujeres en puestos directivos en el campo de las artes, la cultura,
los deportes, los medios de comunicación, la educación, la
religión y el derecho, ha impedido a las mujeres desarrollar su
influencia en muchas instituciones clave.
184. Debido a su
acceso limitado a las vías tradicionales de poder, como son, por
ejemplo, los órganos de decisión de los partidos políticos,
las organizaciones patronales y los sindicatos, las mujeres han conseguido
acceder al poder a través de estructuras alternativas, particularmente
en el sector no gubernamental. A través de estas organizaciones
no gubernamentales y populares, las mujeres han podido expresar sus intereses
y preocupaciones e incluir estas cuestiones en las agendas nacionales,
regionales e internacionales.
185. La desigualdad
en el ámbito público tiene muchas veces su origen en las
actitudes y prácticas discriminatorias y en el desequilibrio en
las relaciones de poder entre mujeres y hombres que existen en el seno
de la familia, como se describe en el párrafo 29. La división
desigual del trabajo remunerado y de las responsabilidades de los hogares,
basada en unas relaciones de poder también desiguales, limita las
posibilidades de las mujeres de encontrar tiempo y desarrollar las capacidades
necesarias para participar en el proceso de toma de decisiones en ámbitos
públicos más amplios. Un reparto más igualitario de
dichas responsabilidades entre mujeres y hombres proporciona no sólo
una mejor calidad de vida para las mujeres y para sus hijas, sino tambien
mayores oportunidades de configurar y elaborar políticas públicas,
lineas de trabajo y presupuestarias, de forma que sus intereses puedan
ser reconocidos y tenidos en cuenta. Las redes y otros mecanismos no oficiales
de toma de decisiones a nivel local, que reflejan un espíritu predominantemente
masculino, restringen la capacidad de las mujeres de participar en igualdad
en la vida política, económica y social.
186. La baja proporción
de mujeres entre las personas encargadas de adoptar decisiones económicas
y políticas a los niveles local, nacional, regional o internacional,
refleja las barreras estructurales e ideológicas que deben superarse
mediante la adopción de medidas de acción positiva. Los Gobiernos,
las empresas transnacionales y nacionales, los medios de comunicación,
la banca, las instituciones académicas y científicas y las
organizaciones regionales e internacionales, incluidas las del sistema
de Naciones Unidas, no se benefician plenamente de las aptitudes que tiene
las mujeres para la administración de alto nivel, la formulación
de políticas, la diplomacia y la negociación.
187. La distribución
equitativa del poder y del proceso de toma de decisiones a todos los niveles,
depende de que los Gobiernos y otros agentes realicen análisis estadísticos
de género, e incorporen una perspectiva de género al proceso
de formulación de políticas y de ejecución de programas
a todos los niveles. La igualdad en el ejercicio del poder y la toma de
decisiones es esencial para el empoderamiento de las mujeres. En algunos
países, el establecimiento de medidas de acción positiva
ha llevado a una representación de las mujeres en los Gobiernos,
a nivel local y nacional, de al menos, un 33,3 por 100.
188. Los institutos
de estadística nacionales, regionales e internacionales no han sabido
incorporar todavía las cuestiones relacionadas con la igualdad entre
mujeres y hombres en las esferas económica y social. En concreto,
apenas se utilizan las bases de datos y las metodologías existentes
en un campo de actividad tan importante como es el proceso de toma de decisiones.
189. Al abordar
la cuestión de la desigualdad entre mujeres y hombres en el reparto
del poder y en la toma de decisiones a todos los niveles, los Gobiernos
y otros agentes deben promover una política activa y visible que
incorpore la perspectiva de género en todas las políticas
y programas de modo que se analicen sus efectos sobre mujeres y hombres,
respectivamente, antes de tomar decisiones.
Objetivo estratégico
G. 1. Adoptar medidas especiales para garantizar la igualdad de acceso
y la plena participación de las mujeres en las estructuras de poder
y en la toma de decisiones
Medidas que han de adoptarse
190. Medidas que han de adoptar
los Gobiernos:
a) Comprometerse
a establecer como objetivo el equilibrio entre mujeres y hombres en los
órganos y comités gubernamentales, así como en la
administración pública y en la judicatura, incluidas, entre
otras cosas, la fijación de objetivos concretos y medidas de aplicación,
a fin de aumentar substancialmente el número de mujeres con miras
a lograr una representación paritaria de ambos sexos mediante el
establecimiento de medidas de acción positiva en favor de las mujeres,
cuando sea necesario, en todos los puestos de gobierno y de la administración
pública.
b) Adoptar medidas,
incluso en los sistemas electorales, cuando proceda, que alienten a los
partidos políticos a incorporar mujeres en los puestos públicos
electivos y no electivos en la misma proporción y en las mismas
categorías que los hombres.
c) Proteger y promover
la igualdad
de derechos entre mujeres y hombres en cuanto a su participación
en actividades políticas, así como su libertad de asociación,
incluida su pertenencia a sindicatos y partidos políticos.
d) Examinar el efecto
diferencial de los sistemas electorales en la representación política
de las mujeres en los órganos electivos y examinar, cuando proceda,
la posibilidad de ajustar o reformar esos sistemas.
e) Vigilar y evaluar
los progresos logrados en la representación de las mujeres mediante
la recogida periódica, el análisis y la difusión de
datos cuantitativos y cualitativos sobre mujeres y hombres a todos los
niveles de los diversos puestos de toma de decisiones, tanto en el sector
público como privado, y difundir anualmente datos sobre el número
de mujeres y hombres que trabajan para los Gobiernos, en sus diversos niveles;
garantizar que exista un igual acceso a toda la gama de cargos públicos
para mujeres y hombres, y establecer, dentro de las estructuras gubernamentales,
mecanismos que permitan supervisar los progresos realizados en este sentido.
f) Apoyar a las
organizaciones no gubernamentales y los institutos de investigación
que realizan estudios sobre la participación y la influencia de
las mujeres en el contexto de la toma de decisiones y en las propias decisiones.
g) Alentar una mayor
participación de las mujeres indígenas en la toma de decisiones
a todos los niveles.
h) Promover y garantizar,
según proceda, que las organizaciones que reciban financiación
pública adopten políticas y prácticas no discriminatorias
a fin de aumentar el número y elevar la categoría de las
mujeres en sus organizaciones.
i) Reconocer que
el reparto del trabajo y las responsabilidades parentales entre mujeres
y hombres, fomentan una mayor participación de las mujeres en la
vida pública, y adoptar medidas apropiadas para lograr ese objetivo,
incluidas aquellas medidas encaminadas a hacer compatibles la vida familiar
y la profesional.
j) Procurar el equilibrio
entre ambos sexos en las listas de las candidaturas nacionales propuestas
para su elección o nombramiento para los órganos de las Naciones
Unidas, los organismos especializados y otras organizaciones autónomas
del sistema de las Naciones Unidas, especialmente para puestos de categoría
superior.
191. Medidas que han de adoptar
los partidos políticos:
a) Considerar la
posibilidad de examinar las estructuras y los procedimientos de los partidos
a fin de eliminar todas los aspectos que discriminen directa o indirectamente
a las mujeres en su participación en la vida política.
b) Considerar la
posibilidad de establecer iniciativas que permitan a las mujeres participar
plenamente en todas las estructuras internas de toma de decisiones y en
los procesos de nombramiento por designación o elección.
c) Considerar la
incorporación de la perspectiva de género en su agenda política
tomando medidas que permitan a las mujeres participar en la dirección
de los partidos políticos, en pie de igualdad con los hombres.
192. Medidas
que han de adoptar los Gobiernos, los órganos nacionales, el sector
privado, los partidos políticos, los sindicatos, las organizaciones
empresariales, las instituciones de investigación y académicas,
los organismos subregionales y regionales e internacionales y las organizaciones
no gubernamentales :
a) Adoptar medidas
positivas para conseguir que exista un número representativo de
mujeres dirigentes, ejecutivas y administradoras en puestos estratégicos
de toma de decisiones.
b) Crear o fortalecer,
según proceda, mecanismos para supervisar el acceso de las mujeres
a los niveles superiores de toma de decisiones.
c) Revisar los criterios
de contratación y nombramiento para los órganos consultivos
y de toma de decisiones y de promoción para puestos de alto nivel,
con el fin de garantizar que tales criterios sean pertinentes y no discriminen
a las mujeres.
d) Alentar los esfuerzos
de las organizaciones no gubernamentales, los sindicatos y el sector privado
para conseguir la igualdad entre mujeres y hombres en sus distintas categorías,
incluida la participación en sus órganos de toma de decisiones
y en las negociaciones, en todos los sectores y a todos los niveles.
e) Desarrollar estrategias
de comunicación para fomentar el debate público sobre los
nuevos papeles de mujeres y hombres en la sociedad y en la familia, tal
y como se indica en el párrafo 29.
f) Reestructurar
los programas de contratación y desarrollo profesional para velar
por que las mujeres, y especialmente las jóvenes, tengan igualdad
de acceso a la formación en materia de gestión y conocimientos
empresariales, técnicos y de dirección y a la propia experiencia
de trabajo.
g) Desarrollar programas
de especialización profesional para mujeres de todas las edades,
mediante la planificación y la orientación profesional, las
técnicas de búsqueda de empleo, el asesoramiento, la formación
y el reciclaje profesional.
h) Alentar y apoyar
la participación de las organizaciones no gubernamentales de mujeres
en las conferencias de las Naciones Unidas y en sus procesos preparatorios.
i) Proponer como
objetivo, y apoyar, el equilibrio entre mujeres y hombres en la composición
de las delegaciones ante las Naciones Unidas y en otros foros internacionales.
193. Medidas que han de adoptar
las Naciones Unidas:
a) Aplicar las políticas
y medidas existentes y adoptar otras nuevas en materia de empleo, a fin
de lograr una igualdad entre mujeres y hombres en su conjunto, especialmente
en el cuadro orgánico y las categorías superiores para el
año 2000, teniendo debidamente en cuenta la importancia de contratar
personal con arreglo a una distribución geográfica lo más
amplia posible, de conformidad con el párrafo 3 del Artículo
101 de la Carta de las Naciones Unidas.
b) Desarrollar mecanismos
que favorezcan la candidatura de mujeres en los nombramiento a puestos
superiores en las Naciones Unidas, en los organismos especializados y en
otros organismos y órganos del sistema de las Naciones Unidas.
c) Seguir reuniendo
y difundiendo datos cuantitativos y cualitativos sobre las mujeres y hombres
en el proceso de toma de decisiones y analizar su diferente impacto en
las decisiones y vigilar los progresos realizados hacia el logro del objetivo
de la Secretaría General de que, para el Año 2000, el 50
por 100 de los puestos administrativos y de toma de decisiones esten ocupados
por mujeres.
194. Medidas
que han de adoptar las organizaciones de mujeres, las organizaciones no
gubernamentales, los sindicatos, los interlocutores sociales, las entidades
productivas, las organizaciones empresariales y profesionales:
a) Fomentar y reforzar
la solidaridad entre las mujeres mediante la información, la educación
y las actividades de sensibilización.
b) Promover a las
mujeres, en todos los niveles, para que puedan influir en las decisiones,
procesos y sistemas políticos, económicos y sociales, y trabajar
en el sentido de responsabilizar y pedir cuentas a las personas representantes
electas en lo relativo a su compromiso con las cuestiones de género.
c) Establecer, conforme
a las leyes sobre la protección de los datos, bases de datos sobre
mujeres con sus perfiles profesionales para utilizarlos en las designaciones
a puestos superiores de toma de decisiones y de consultorías, para
difundirlos entre los Gobiernos, las organizaciones regionales e internacionales,
la empresa privada, los partidos políticos y otros órganos
pertinentes.
Objetivo estratégico
G. 2. Aumentar las posibilidades de participación de las mujeres
en la toma de decisiones y en los niveles directivos
Medidas que han de adoptarse
195. Medidas que
han de adoptar los Gobiernos, los organismos nacionales, el sector privado,
los partidos políticos, los sindicatos, las organizaciones empresariales,
los organismos subregionales, regionales e internacionales, las organizaciones
no gubernamentales y las instituciones de enseñanza:
a) Proporcionar
formación en liderazgo y autoestima para mujeres y niñas,
en particular para aquellas que tienen necesidades específicas,
para las mujeres con discapacidades y para aquellas que pertenecen a minorías
raciales y étnicas, con el fin de alentarlas a ocupar puestos relevantes
en el proceso de toma de decisiones.
b) Aplicar criterios
transparentes para el acceso a los puestos de toma de decisiones y garantizar
que los órganos de selección tengan una composición
equilibrada de mujeres y hombres.
c) Crear un sistema
de asesoramiento para las mujeres que carecen de experiencia y en particular,
ofrecer formación que incluya técnicas para el acceso a los
puestos directivos y de decisión, para la autoafirmación
y la actividad pública así como en lo que respecta a su participación
en las campañas políticas.
d) Proporcionar
una formación de género, tanto a mujeres como a hombres,
con el fin de fomentar unas relaciones de trabajo no sexistas y el respeto
por la diversidad en los estilos de trabajo y de administración.
e) Desarrollar mecanismos
y proporcionar formación para alentar a las mujeres a que participen
en los procesos electorales, las actividades políticas y otros ámbitos
de dirección.
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