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PLATAFORMA PARA LA
ACCIÓN
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H. LOS MECANISMOS PARA LA IGUALDAD
ENTRE MUJERES Y HOMBRES. 196. En casi todos
los Estados Miembros de las Naciones Unidas se han creado mecanismos nacionales
para el avance de las mujeres orientados entre otras cosas, a diseñar,
fomentar, aplicar, ejecutar, vigilar, evaluar, estimular y movilizar el
apoyo de políticas que promuevan el avance de las mujeres. Los mecanismos
nacionales son diferentes en su estructura y en su eficacia y, en algunos
casos, han perdido competencias. Marginados, a menudo, de las estructuras
nacionales de gobierno, estos mecanismos se ven perjudicados, con frecuencia,
debido a mandatos poco claros, falta de personal adecuado, de formación,
de datos y recursos suficientes y a un escaso apoyo de los dirigentes políticos
nacionales.
197. En el plano
regional e internacional, los mecanismos y las instituciones destinados
a promover el avance de las mujeres como parte integrante del desarrollo
político, económico, social y cultural general y de las iniciativas
en materia de desarrollo y de derechos humanos, tropiezan con problemas
similares derivados de la falta de compromiso al más alto nivel.
198. En sucesivas
conferencias internacionales se ha subrayado la necesidad de tener en cuenta
la perspectiva de género en la planificación de las políticas
y los programas. Sin embargo, en muchos casos esto no se ha llevado a cabo.
199. Se han fortalecido
los órganos regionales dedicados al avance de las mujeres, conjuntamente
con los mecanismos internacionales, tales como la Comisión sobre
la Situación de las Mujeres y el Comité para la Eliminación
de todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres. Sin embargo,
los limitados recursos disponibles siguen obstaculizando la plena aplicación
de sus mandatos.
200. En muchas organizaciones
se han elaborado metodologías orientadas a realizar un análisis
de las políticas y programas desde el punto de vista del género
y a tener en cuenta las distintas repercusiones de las políticas
sobre mujeres y hombres; estas metodologías están disponibles,
pero a menudo no se aplican o no se utilizan de forma coherente.
201. Los mecanismos
nacionales para el avance de las mujeres son los organismos centrales de
coordinación de políticas de los Gobiernos. Su tarea principal
es prestar apoyo en la incorporación del concepto de igualdad entre
mujeres y hombres en todas las esferas de la política y a todos
los niveles de gobierno. Para lograr un funcionamiento eficaz de los mecanismos
nacionales es preciso que:
a) Ocupen una posición
en las más altas instancias posibles de gobierno, y que estén
bajo la responsabilidad de un ministro o ministra del gabinete.
b) Existan mecanismos
o procesos institucionales que agilicen, según proceda, la planificación
descentralizada, la aplicación y el seguimiento con miras a lograr
la participación de las organizaciones no gubernamentales y comunitarias,
empezando por los niveles más básicos de participación
popular.
c) Se disponga de
suficientes recursos a nivel presupuestario y de personal profesional capacitado.
d) Haya oportunidades
para influir en el desarrollo de todas las políticas gubernamentales.
202. Al abordar
la cuestión de los mecanismos para impulsar el avance de las mujeres,
los Gobiernos y otros agentes deben fomentar una política activa
y visible que incorpore la perspectiva de género en todas las políticas
y programas de modo que se realice un análisis de sus posibles efectos
sobre mujeres y hombres, respectivamente antes de que se tomen las decisiones.
Objetivo estratégico
H. 1. Crear o fortalecer los mecanismos nacionales y otros órganos
gubernamentales
Medidas que han de adoptarse
203. Medidas que han de adoptar
los Gobiernos:
a) Velar por que
la responsabilidad de las cuestiones relacionadas con el avance de las
mujeres recaiga en las esferas más altas de gobierno que sea posible.
En muchos casos, esta tarea podría estar a cargo de un ministro
o ministra del Gabinete.
b) Crear, sobre
la base de un sólido compromiso político, un mecanismo nacional,
cuando no exista, y fortalecer, según proceda, los mecanismos nacionales
existentes para el avance de las mujeres en las instancias más altas
de gobierno que sea posible. El mecanismo debería tener mandatos
y atribuciones claramente definidos. La disponibilidad de recursos suficientes
y la capacidad y competencia para influir en cuestiones de políticas
y formular y examinar la legislación deberían ser elementos
decisivos de su competencia. Entre otras cosas, debería realizar
un análisis de las políticas y llevar a cabo funciones de
fomento, comunicación, coordinación y seguimiento de la aplicación
de dichas políticas.
c) Promover la formación
de personal experto en el diseño y el análisis de datos desde
una perspectiva de género.
d) Establecer procedimientos
que permitan al mecanismo tener acceso de primera mano, amplia información
sobre las políticas gubernamentales en todas sus areas de trabajo,
y utilizarla en el proceso de formulación y examen de estas políticas
dentro del gobierno.
e) Informar periódicamente
a los órganos legislativos acerca de los progresos alcanzados, según
proceda, en la incorporación de las cuestiones de género
a todos los niveles, teniendo en cuenta la aplicación de la Plataforma
para la Acción.
f) Alentar y promover
la participación activa de la amplia y diversa gama de agentes institucionales
en los sectores público, privado y en el voluntariado, a fin de
trabajar por la igualdad entre mujeres y hombres.
Objetivo estratégico
H. 2 Integrar la perspectiva de género en las legislaciones, en
las políticas, programas y proyectos públicos.
Medidas que han de adoptarse
204. Medidas que han de adoptar
los Gobiernos:
a) Velar por que,
antes de adoptar decisiones políticas, se realice un análisis
de sus repercusiones sobre mujeres y hombres, respectivamente.
b) Revisar periódicamente
las políticas, los programas y los proyectos nacionales, así
como su ejecución, evaluando la repercusión de las políticas
de empleo e ingresos a fin de garantizar que las mujeres sean beneficiarias
directas de dichas políticas, y que toda su contribución
al desarrollo, tanto remunerada como no remunerada, se tenga en cuenta
en las políticas y la planificación económicas.
c) Promover estrategias
y objetivos nacionales basados en la igualdad entre mujeres y hombres a
fin de eliminar los obstáculos para el ejercicio de los derechos
de las mujeres y erradicar todas las formas de discriminación contra
ellas.
d) Trabajar con
los miembros de los órganos legislativos, según proceda,
a fin de promover la introducción de una perspectiva de género
en todas las legislaciones y políticas.
e) Encomendar a
todos los ministerios el mandato de revisar sus políticas y programas,
desde un punto de vista de género y teniendo en cuenta la Plataforma
para la Acción; confiar la responsabilidad de ese mandato al más
alto nivel posible y establecer y/o reforzar una estructura de coordinación
interministerial que lleve a cabo ese mandato, que supervise los progresos
y que mantenga el enlace con los mecanismos pertinentes.
205. Medidas que han de adoptar los
mecanismos nacionales:
a) Facilitar la
formulación y aplicación de políticas gubernamentales
sobre la igualdad entre mujeres y hombres, elaborando estrategias y metodologías
adecuadas y promoviendo la coordinación y la cooperación
dentro del gobierno central, a fin de conseguir que se incorpore la perspectiva
de género en todos los procesos de formulación de políticas.
b) Promover y establecer
relaciones de cooperación con las dependencias pertinentes del Gobierno,
los centros de estudio e investigación sobre las mujeres, las instituciones
académicas y educativas, el sector privado, los medios de comunicación,
las organizaciones no gubernamentales, especialmente las organizaciones
de mujeres, y todos los demás agentes de la sociedad civil.
c) Emprender actividades
dirigidas a la reforma jurídica en relación, entre otras
cosas, a la familia, las condiciones de empleo, la seguridad social, los
impuestos, la igualdad de oportunidades en la educación, las medidas
de acción positiva para promover el avance de las mujeres, y al
fomento de actitudes y de una cultura favorables a la igualdad. Promover,
también, una perspectiva de género en las reformas de los
programas y de las políticas en materia legislativa.
d) Promover una
mayor participación de las mujeres como agentes activas y beneficiarias
en el proceso de desarrollo; para mejorar así la calidad de vida
para todas las personas.
e) Establecer vínculos
directos con órganos nacionales, regionales e internacionales dedicados
al avance de las mujeres.
f) Proporcionar
formación y servicios de asesoramiento a los organismos gubernamentales
a fin de que tengan en cuenta una perspectiva de género en sus políticas
y programas .
Objetivo estratégico
H. 3. Elaborar y difundir datos desagregados por sexos, así como
información destinada a la planificación y la evaluación.
Medidas que han de adoptarse
206. Medidas que
han de adoptar los servicios de estadística nacionales, regionales
e internacionales, así como los órganos gubernamentales pertinentes
y los organismos de las Naciones Unidas, en colaboración con las
organizaciones de investigación y documentación, en sus respectivas
áreas de actuación:
a) Asegurar que
los datos estadísticos individuales se recojan, compilen, analicen
y se presenten desagregados por sexo y edad, y que reflejen los problemas,
las cuestiones y demandas relativas a mujeres y hombres en la sociedad.
b) Recoger, compilar,
analizar y presentar periódicamente datos desagregados por edad,
sexo, indicadores socioeconómicos y otros pertinentes, incluido
el número de familiares a cargo, para utilizarlos en la planificación
y aplicación de políticas y programas.
c) Asegurar la participación
de los centros de estudios sobre las mujeres y de las instituciones de
investigación, en la elaboración y ensayo de indicadores
y métodos de investigación adecuados para mejorar el análisis
de género, así como para la evaluación y seguimiento
de las medidas para alcanzar las metas de la Plataforma para la Acción.
d) Designar o nombrar
personal cualificado para fortalecer los programas estadísticas
de género y asegurar su coordinación, supervisión
y vinculación a todos los demás campos de estudio, y preparar
resultados en que se integren las estadísticas correspondientes
a los diversos ámbitos tratados.
e) Mejorar la obtención
de datos sobre la contribución de mujeres y hombres a la economía,
incluyendo su participación en el sector no estructurado.
f) Desarrollar un
conocimiento más integral de todas las formas de trabajo y empleo
mediante:
i) La mejora de
la recopilación de datos sobre el trabajo no remunerado que ya esté
incluido en el Sistema de Cuentas Nacionales de las Naciones Unidas, como
por ejemplo, en la agricultura, especialmente la agricultura de subsistencia,
y otros tipos de actividades de producción no comercializadas.
ii) La mejora de
los parámetros de medición, que en la actualidad subestiman
el desempleo y subempleo de las mujeres en el mercado laboral.
iii) La elaboración
de métodos, en los foros apropiados, para evaluar cuantitativamente
el valor del trabajo no remunerado que no se incluye en las cuentas nacionales,
como por ejemplo, el cuidado de las personas dependientes a su cargo y
la preparación de alimentos, para su posible inclusión en
cuentas satélites u otras cuentas oficiales, que se prepararán
por separado de las cuentas nacionales básicas pero en consonancia
con éstas, con miras a reconocer la contribución económica
de las mujeres y hacer evidente la desigualdad en la distribución
del trabajo remunerado y no remunerado entre mujeres y hombres.
g) Desarrollar una
clasificación estadística a nivel internacional sobre el
uso del tiempo en que se aprecien las diferencias entre mujeres y hombres
en lo relativo al trabajo remunerado y al no remunerado y reunir datos
desagregados por sexos. En el plano nacional y teniendo en cuenta las limitaciones
nacionales:
i) Hacer estudios
periódicos sobre el uso del tiempo para medir cuantitativamente
el trabajo no remunerado, registrando especialmente las actividades que
se realizan al mismo tiempo que las actividades remuneradas u otras actividades
no remuneradas.
ii) Medir cuantitativamente
el trabajo no remunerado que no se incluye en las cuentas nacionales y
tratar de mejorar los métodos para que su valor se indique, con
exactitud, en cuentas satélites u otras cuentas oficiales que se
prepararán por separado de las cuentas nacionales pero en consonancia
con éstas.
h) Perfeccionar el
diseño y los métodos de recogida de datos sobre la medición
de la pobreza entre mujeres y hombres, que incluya su acceso a los recursos.
i) Fortalecer los
sistemas de estadísticas primordiales e incorporar el análisis
de género en las publicaciones e investigaciones, dar prioridad
a las diferencias de género en la estructuración de la investigación
y en la recogida y el análisis de datos a fin de mejorar la información
sobre la morbilidad; y mejorar la obtención de datos sobre el acceso
a los servicios de salud, incluido el acceso a servicios completos de salud
sexual y reproductiva, maternidad y planificación familiar, dando
prioridad especial a las madres adolescentes y al cuidado de las personas
ancianas.
j) Mejorar la recogida
de datos desagregados por sexo y edad sobre las víctimas y los autores
de todas las formas de violencia contra las mujeres, como la violencia
doméstica, el acoso y abuso sexual, las violaciones, el incesto,
y la trata de mujeres y niñas, así como sobre la violencia
por parte de agentes del Estado.
k) Perfeccionar
los conceptos y métodos de recogida de datos sobre la participación
de las mujeres y de los hombres con discapacidades, incluido su acceso
a los recursos.
207. Medidas que han de adoptar
los Gobiernos:
a) Asegurar la produción
periódica de publicaciones de estadísticas sobre género
en que se presenten e interpreten datos pertinentes sobre mujeres y hombres
de forma que resulte útil para una amplia gama de usuarias y usuarios
no especializados.
b) Velar por que
las personas que elaboran y utilizan las estadísticas en cada país,
revisen periódicamente la utilidad del sistema oficial de estadísticas
y el grado en que mide las cuestiones de género, y elaborar un plan
de mejoras necesarias, cuando proceda.
c) Desarrollar y
estimular el desarrollo de estudios cuantitativos y cualitativos por parte
de las organizaciones de investigación, empresariales, sindicales,
el sector privado y las organizaciones no gubernamentales, sobre el reparto
de influencia y de poder en la sociedad, en que se indique el número
de mujeres y de hombres que ocupan altos cargos, tanto en el sector público
como en el privado.
d) Utilizar, en
la formulación de políticas y en la ejecución de programas
y proyectos, datos que reflejen mejor las cuestiones de género.
208. Medidas que han de adoptar
las Naciones Unidas:
a) Promover el desarrollo
de métodos para hallar fórmulas más adecuadas para
obtener, comparar y analizar datos referentes a los derechos humanos de
las mujeres, incluida la violencia contra ellas, para su uso por todos
los órganos pertinentes de las Naciones Unidas.
b) Promover un desarrollo
más amplio de métodos estadísticos para mejorar los
datos relacionados con las mujeres en el desarrollo económico, social,
cultural y político.
c) Preparar cada
cinco años, nuevas ediciones de Las Mujeres del Mundo y distribuirlas
ampliamente.
d) Ayudar a los
países que lo soliciten a desarrollar políticas y programas
que incluyan la perspectiva de género.
e) Asegurar que
los informes, datos y publicaciones pertinentes de la División de
Estadística de la Secretaría de las Naciones Unidas y del
INSTRAW sobre los progresos alcanzados a nivel nacional e internacional,
se transmitan a la Comisión sobre la Situación de las Mujeres
periódicamente y de forma coordinada.
209. Medidas que
han de adoptar los donantes bilaterales y las instituciones multilaterales
de desarrollo:
Alentar y apoyar
en los países en desarrollo y en los países con economías
en transición, mediante el suministro de recursos y asistencia técnica,
el desarrollo de la capacidad nacional que permita a los países
medir plenamente el trabajo realizado por mujeres y hombres que incluya
el trabajo remunerado y el no remunerado, y cuando proceda, utilizar cuentas
satélites u otras cuentas oficiales para el trabajo no remunerado.
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