..  .  .   .      PLATAFORMA PARA LA ACCIÓN

 

H. LOS MECANISMOS PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES.

196. En casi todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas se han creado mecanismos nacionales para el avance de las mujeres orientados entre otras cosas, a diseñar, fomentar, aplicar, ejecutar, vigilar, evaluar, estimular y movilizar el apoyo de políticas que promuevan el avance de las mujeres. Los mecanismos nacionales son diferentes en su estructura y en su eficacia y, en algunos casos, han perdido competencias. Marginados, a menudo, de las estructuras nacionales de gobierno, estos mecanismos se ven perjudicados, con frecuencia, debido a mandatos poco claros, falta de personal adecuado, de formación, de datos y recursos suficientes y a un escaso apoyo de los dirigentes políticos nacionales.

197. En el plano regional e internacional, los mecanismos y las instituciones destinados a promover el avance de las mujeres como parte integrante del desarrollo político, económico, social y cultural general y de las iniciativas en materia de desarrollo y de derechos humanos, tropiezan con problemas similares derivados de la falta de compromiso al más alto nivel.

198. En sucesivas conferencias internacionales se ha subrayado la necesidad de tener en cuenta la perspectiva de género en la planificación de las políticas y los programas. Sin embargo, en muchos casos esto no se ha llevado a cabo.

199. Se han fortalecido los órganos regionales dedicados al avance de las mujeres, conjuntamente con los mecanismos internacionales, tales como la Comisión sobre la Situación de las Mujeres y el Comité para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres. Sin embargo, los limitados recursos disponibles siguen obstaculizando la plena aplicación de sus mandatos.

200. En muchas organizaciones se han elaborado metodologías orientadas a realizar un análisis de las políticas y programas desde el punto de vista del género y a tener en cuenta las distintas repercusiones de las políticas sobre mujeres y hombres; estas metodologías están disponibles, pero a menudo no se aplican o no se utilizan de forma coherente.

201. Los mecanismos nacionales para el avance de las mujeres son los organismos centrales de coordinación de políticas de los Gobiernos. Su tarea principal es prestar apoyo en la incorporación del concepto de igualdad entre mujeres y hombres en todas las esferas de la política y a todos los niveles de gobierno. Para lograr un funcionamiento eficaz de los mecanismos nacionales es preciso que:

a) Ocupen una posición en las más altas instancias posibles de gobierno, y que estén bajo la responsabilidad de un ministro o ministra del gabinete.

b) Existan mecanismos o procesos institucionales que agilicen, según proceda, la planificación descentralizada, la aplicación y el seguimiento con miras a lograr la participación de las organizaciones no gubernamentales y comunitarias, empezando por los niveles más básicos de participación popular.

c) Se disponga de suficientes recursos a nivel presupuestario y de personal profesional capacitado.

d) Haya oportunidades para influir en el desarrollo de todas las políticas gubernamentales.

202. Al abordar la cuestión de los mecanismos para impulsar el avance de las mujeres, los Gobiernos y otros agentes deben fomentar una política activa y visible que incorpore la perspectiva de género en todas las políticas y programas de modo que se realice un análisis de sus posibles efectos sobre mujeres y hombres, respectivamente antes de que se tomen las decisiones.

Objetivo estratégico H. 1. Crear o fortalecer los mecanismos nacionales y otros órganos gubernamentales

Medidas que han de adoptarse

203. Medidas que han de adoptar los Gobiernos:

a) Velar por que la responsabilidad de las cuestiones relacionadas con el avance de las mujeres recaiga en las esferas más altas de gobierno que sea posible. En muchos casos, esta tarea podría estar a cargo de un ministro o ministra del Gabinete.

b) Crear, sobre la base de un sólido compromiso político, un mecanismo nacional, cuando no exista, y fortalecer, según proceda, los mecanismos nacionales existentes para el avance de las mujeres en las instancias más altas de gobierno que sea posible. El mecanismo debería tener mandatos y atribuciones claramente definidos. La disponibilidad de recursos suficientes y la capacidad y competencia para influir en cuestiones de políticas y formular y examinar la legislación deberían ser elementos decisivos de su competencia. Entre otras cosas, debería realizar un análisis de las políticas y llevar a cabo funciones de fomento, comunicación, coordinación y seguimiento de la aplicación de dichas políticas.

c) Promover la formación de personal experto en el diseño y el análisis de datos desde una perspectiva de género.

d) Establecer procedimientos que permitan al mecanismo tener acceso de primera mano, amplia información sobre las políticas gubernamentales en todas sus areas de trabajo, y utilizarla en el proceso de formulación y examen de estas políticas dentro del gobierno.

e) Informar periódicamente a los órganos legislativos acerca de los progresos alcanzados, según proceda, en la incorporación de las cuestiones de género a todos los niveles, teniendo en cuenta la aplicación de la Plataforma para la Acción.

f) Alentar y promover la participación activa de la amplia y diversa gama de agentes institucionales en los sectores público, privado y en el voluntariado, a fin de trabajar por la igualdad entre mujeres y hombres.

Objetivo estratégico H. 2 Integrar la perspectiva de género en las legislaciones, en las políticas, programas y proyectos públicos.

Medidas que han de adoptarse

204. Medidas que han de adoptar los Gobiernos:

a) Velar por que, antes de adoptar decisiones políticas, se realice un análisis de sus repercusiones sobre mujeres y hombres, respectivamente.

b) Revisar periódicamente las políticas, los programas y los proyectos nacionales, así como su ejecución, evaluando la repercusión de las políticas de empleo e ingresos a fin de garantizar que las mujeres sean beneficiarias directas de dichas políticas, y que toda su contribución al desarrollo, tanto remunerada como no remunerada, se tenga en cuenta en las políticas y la planificación económicas.

c) Promover estrategias y objetivos nacionales basados en la igualdad entre mujeres y hombres a fin de eliminar los obstáculos para el ejercicio de los derechos de las mujeres y erradicar todas las formas de discriminación contra ellas.

d) Trabajar con los miembros de los órganos legislativos, según proceda, a fin de promover la introducción de una perspectiva de género en todas las legislaciones y políticas.

e) Encomendar a todos los ministerios el mandato de revisar sus políticas y programas, desde un punto de vista de género y teniendo en cuenta la Plataforma para la Acción; confiar la responsabilidad de ese mandato al más alto nivel posible y establecer y/o reforzar una estructura de coordinación interministerial que lleve a cabo ese mandato, que supervise los progresos y que mantenga el enlace con los mecanismos pertinentes.

205. Medidas que han de adoptar los mecanismos nacionales:

a) Facilitar la formulación y aplicación de políticas gubernamentales sobre la igualdad entre mujeres y hombres, elaborando estrategias y metodologías adecuadas y promoviendo la coordinación y la cooperación dentro del gobierno central, a fin de conseguir que se incorpore la perspectiva de género en todos los procesos de formulación de políticas.

b) Promover y establecer relaciones de cooperación con las dependencias pertinentes del Gobierno, los centros de estudio e investigación sobre las mujeres, las instituciones académicas y educativas, el sector privado, los medios de comunicación, las organizaciones no gubernamentales, especialmente las organizaciones de mujeres, y todos los demás agentes de la sociedad civil.

c) Emprender actividades dirigidas a la reforma jurídica en relación, entre otras cosas, a la familia, las condiciones de empleo, la seguridad social, los impuestos, la igualdad de oportunidades en la educación, las medidas de acción positiva para promover el avance de las mujeres, y al fomento de actitudes y de una cultura favorables a la igualdad. Promover, también, una perspectiva de género en las reformas de los programas y de las políticas en materia legislativa.

d) Promover una mayor participación de las mujeres como agentes activas y beneficiarias en el proceso de desarrollo; para mejorar así la calidad de vida para todas las personas.

e) Establecer vínculos directos con órganos nacionales, regionales e internacionales dedicados al avance de las mujeres.

f) Proporcionar formación y servicios de asesoramiento a los organismos gubernamentales a fin de que tengan en cuenta una perspectiva de género en sus políticas y programas .

Objetivo estratégico H. 3. Elaborar y difundir datos desagregados por sexos, así como información destinada a la planificación y la evaluación.

Medidas que han de adoptarse

206. Medidas que han de adoptar los servicios de estadística nacionales, regionales e internacionales, así como los órganos gubernamentales pertinentes y los organismos de las Naciones Unidas, en colaboración con las organizaciones de investigación y documentación, en sus respectivas áreas de actuación:

a) Asegurar que los datos estadísticos individuales se recojan, compilen, analicen y se presenten desagregados por sexo y edad, y que reflejen los problemas, las cuestiones y demandas relativas a mujeres y hombres en la sociedad.

b) Recoger, compilar, analizar y presentar periódicamente datos desagregados por edad, sexo, indicadores socioeconómicos y otros pertinentes, incluido el número de familiares a cargo, para utilizarlos en la planificación y aplicación de políticas y programas.

c) Asegurar la participación de los centros de estudios sobre las mujeres y de las instituciones de investigación, en la elaboración y ensayo de indicadores y métodos de investigación adecuados para mejorar el análisis de género, así como para la evaluación y seguimiento de las medidas para alcanzar las metas de la Plataforma para la Acción.

d) Designar o nombrar personal cualificado para fortalecer los programas estadísticas de género y asegurar su coordinación, supervisión y vinculación a todos los demás campos de estudio, y preparar resultados en que se integren las estadísticas correspondientes a los diversos ámbitos tratados.

e) Mejorar la obtención de datos sobre la contribución de mujeres y hombres a la economía, incluyendo su participación en el sector no estructurado.

f) Desarrollar un conocimiento más integral de todas las formas de trabajo y empleo mediante:

i) La mejora de la recopilación de datos sobre el trabajo no remunerado que ya esté incluido en el Sistema de Cuentas Nacionales de las Naciones Unidas, como por ejemplo, en la agricultura, especialmente la agricultura de subsistencia, y otros tipos de actividades de producción no comercializadas.

ii) La mejora de los parámetros de medición, que en la actualidad subestiman el desempleo y subempleo de las mujeres en el mercado laboral.

iii) La elaboración de métodos, en los foros apropiados, para evaluar cuantitativamente el valor del trabajo no remunerado que no se incluye en las cuentas nacionales, como por ejemplo, el cuidado de las personas dependientes a su cargo y la preparación de alimentos, para su posible inclusión en cuentas satélites u otras cuentas oficiales, que se prepararán por separado de las cuentas nacionales básicas pero en consonancia con éstas, con miras a reconocer la contribución económica de las mujeres y hacer evidente la desigualdad en la distribución del trabajo remunerado y no remunerado entre mujeres y hombres.

g) Desarrollar una clasificación estadística a nivel internacional sobre el uso del tiempo en que se aprecien las diferencias entre mujeres y hombres en lo relativo al trabajo remunerado y al no remunerado y reunir datos desagregados por sexos. En el plano nacional y teniendo en cuenta las limitaciones nacionales:

i) Hacer estudios periódicos sobre el uso del tiempo para medir cuantitativamente el trabajo no remunerado, registrando especialmente las actividades que se realizan al mismo tiempo que las actividades remuneradas u otras actividades no remuneradas.

ii) Medir cuantitativamente el trabajo no remunerado que no se incluye en las cuentas nacionales y tratar de mejorar los métodos para que su valor se indique, con exactitud, en cuentas satélites u otras cuentas oficiales que se prepararán por separado de las cuentas nacionales pero en consonancia con éstas.

h) Perfeccionar el diseño y los métodos de recogida de datos sobre la medición de la pobreza entre mujeres y hombres, que incluya su acceso a los recursos.

i) Fortalecer los sistemas de estadísticas primordiales e incorporar el análisis de género en las publicaciones e investigaciones, dar prioridad a las diferencias de género en la estructuración de la investigación y en la recogida y el análisis de datos a fin de mejorar la información sobre la morbilidad; y mejorar la obtención de datos sobre el acceso a los servicios de salud, incluido el acceso a servicios completos de salud sexual y reproductiva, maternidad y planificación familiar, dando prioridad especial a las madres adolescentes y al cuidado de las personas ancianas.

j) Mejorar la recogida de datos desagregados por sexo y edad sobre las víctimas y los autores de todas las formas de violencia contra las mujeres, como la violencia doméstica, el acoso y abuso sexual, las violaciones, el incesto, y la trata de mujeres y niñas, así como sobre la violencia por parte de agentes del Estado.

k) Perfeccionar los conceptos y métodos de recogida de datos sobre la participación de las mujeres y de los hombres con discapacidades, incluido su acceso a los recursos.

207. Medidas que han de adoptar los Gobiernos:

a) Asegurar la produción periódica de publicaciones de estadísticas sobre género en que se presenten e interpreten datos pertinentes sobre mujeres y hombres de forma que resulte útil para una amplia gama de usuarias y usuarios no especializados.

b) Velar por que las personas que elaboran y utilizan las estadísticas en cada país, revisen periódicamente la utilidad del sistema oficial de estadísticas y el grado en que mide las cuestiones de género, y elaborar un plan de mejoras necesarias, cuando proceda.

c) Desarrollar y estimular el desarrollo de estudios cuantitativos y cualitativos por parte de las organizaciones de investigación, empresariales, sindicales, el sector privado y las organizaciones no gubernamentales, sobre el reparto de influencia y de poder en la sociedad, en que se indique el número de mujeres y de hombres que ocupan altos cargos, tanto en el sector público como en el privado.

d) Utilizar, en la formulación de políticas y en la ejecución de programas y proyectos, datos que reflejen mejor las cuestiones de género.

208. Medidas que han de adoptar las Naciones Unidas:

a) Promover el desarrollo de métodos para hallar fórmulas más adecuadas para obtener, comparar y analizar datos referentes a los derechos humanos de las mujeres, incluida la violencia contra ellas, para su uso por todos los órganos pertinentes de las Naciones Unidas.

b) Promover un desarrollo más amplio de métodos estadísticos para mejorar los datos relacionados con las mujeres en el desarrollo económico, social, cultural y político.

c) Preparar cada cinco años, nuevas ediciones de Las Mujeres del Mundo y distribuirlas ampliamente.

d) Ayudar a los países que lo soliciten a desarrollar políticas y programas que incluyan la perspectiva de género.

e) Asegurar que los informes, datos y publicaciones pertinentes de la División de Estadística de la Secretaría de las Naciones Unidas y del INSTRAW sobre los progresos alcanzados a nivel nacional e internacional, se transmitan a la Comisión sobre la Situación de las Mujeres periódicamente y de forma coordinada.

209. Medidas que han de adoptar los donantes bilaterales y las instituciones multilaterales de desarrollo:

Alentar y apoyar en los países en desarrollo y en los países con economías en transición, mediante el suministro de recursos y asistencia técnica, el desarrollo de la capacidad nacional que permita a los países medir plenamente el trabajo realizado por mujeres y hombres que incluya el trabajo remunerado y el no remunerado, y cuando proceda, utilizar cuentas satélites u otras cuentas oficiales para el trabajo no remunerado.